Práctico
Periódicamente la DGT nos sorprende con la puesta en funcionamiento de nuevos protocolos y sistemas de seguridad y control en carretera, especialmente en las épocas en las que por episodios especiales se multiplica el tráfico.
El problema de todas estas novedades de funcionamiento es que, al no existir ningún tipo de pedagogía por parte del organismo, una vez que el conductor obtiene el carnet de conducir no hay forma de que se entere de estas nuevas normas o señales.
Por ejemplo, hace unos años la DGT puso en funcionamiento las denominadas puntas de flecha para saber la distancia que deben mantener los coches con los vehículos que le preceden, pero a día de hoy muy pocos conductores saben qué son. Una verdadera pena que debería llevar a la DGT a plantearse su labor formativa como clave dentro del universo de la seguridad vial.
En este caso, la DGT anuncia mediante los paneles de carretera la puesta en funcionamiento de controles de paso, un término que no aclara demasiado acerca del funcionamiento de los mismos.
La realidad es que se trata de operativos que se despliegan en fechas clave como en operaciones salida y similares y que incluyen la puesta en funcionamiento de controles selectivos de vehículos.
De esta forma, se logra filtrar el tipo de vehículos que tienen acceso a una determinada vía, lo que permite sacar de la carretera, por ejemplo, a camiones, maquinaria agrícola o autobuses.
Habitualmente en la propia carretera se colocan carteles previos en los que se anuncian a qué vehículos afectan las limitaciones.
Por ejemplo, en las operaciones salida y regreso se impide el paso de camiones y vehículos pesados. De esta forma, los controles selectivos desvían el tráfico parcialmente por una rotonda o vía paralela donde la Guardia Civil puede sacar de la circulación a aquellos vehículos que no cumplen con las limitaciones.
En este caso estos conductores pueden enfrentarse a una infracción grave, que podría traducirse en una multa de 200 euros, aunque lo habitual es que se libren con un simple apercibimiento si dejan de circular.
En estas circunstancias este tipo de vehículos se ve obligado a aparcar en algún espacio habilitado al efecto. La DGT usa, por ejemplo, los aparcamientos de vialidad invernal, o a circular por una carretera paralela que no limite su paso.
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