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Concepción Cascajosa, presidenta interina de RTVE

RTVE pierde ante El Debate y deberá hacer pública la letra pequeña del fichaje de Broncano

Tras la investigación publicada por El Debate, Transparencia falla en contra de RTVE. La corporación debe entregar a El Debate los informes secretos utilizados por Cascajosa que avalaron el fichaje de David Broncano y las actas del Consejo de Administración de la purga ejecutada

El ‘decretazo’ de Sánchez para tomar el control de RTVE garantizándose una mayoría en el Consejo del ente era el fin de una intrahistoria, desvelada por El Debate, que escondía una lucha de poder en el máximo órgano de dirección de la corporación que saltó por los aires con la contratación de David Broncano y que RTVE quería mantener escondida.

Las condiciones privilegiadas del contrato del cómico costaron el puesto al director de Contenidos, José Pablo López, después de que la entonces presidenta, Elena Sánchez, no viera con buenos ojos el blindaje del programa, aunque en el mismo momento, tuvo que dejar su cargo, por pérdida de confianza del Consejo.

Sin embargo, el fichaje se materializó, ya con Concepción Cascajosa al frente del ente público, tras hacer valer su voto de calidad como presidenta, aunque este voto de calidad siempre estuvo marcado por su dudosa legalidad.

De hecho, Ernesto Real Millán, director de Asesoría Jurídica de RTVE, en su resolución del pasado 17 de mayo publicada por El Debate, reconocía la existencia los informes de la SEPI y de la Abogacía del Estado acerca del voto de calidad, pero que al no ser RTVE autor de los mismos, no los pondría a disposición de este periódico.

Del mismo modo, ocultaba si la presidenta interina y su consejo aprobaron por mayoría la contratación del polémico Broncano sin informes que analizaran «la oportunidad, conveniencia y adecuación al interés público que preside la actuación de RTVE sobre la contratación de David Broncano para La 1», ni cualquier otro informe jurídico al respecto, ya que consideraba que se trata de un «informe no preceptivo, no relevante, que no se ha incorporado como motivación de una decisión final».

Pero ahora, El Debate ha conseguido el respaldo a la investigación llevada a cabo sobre la corporación pública gracias a dos resoluciones del Consejo de Transparencia, que obligan a RTVE a acabar con la opacidad que existe en el ente y así, hacer públicos los documentos que rodean al polémico fichaje.

En concreto, el CTBG, en su resolución 2024-1199 de este 24 de octubre, considera que los informes de la Abogacía del Estado y la SEPI, acerca del voto de calidad de la presidenta interina, deben ser facilitados por RTVE, además, de abroncar a la corporación por no contestar a las alegaciones solicitadas por el organismo, lo que «dificulta considerablemente el cumplimiento de la función encomendada a esta Autoridad Administrativa Independiente».

Aun así, esto no ha sido impedimento para que el CTBG analizase la cuestión, y considera que, pese a que RTVE no es la autora de tales informes, «debe recordarse, una vez más, que el concepto de información pública contemplado en el artículo 13 LTAIBG abarca la información que obra en poder de un sujeto obligado porque la ha elaborado o adquirido en el ejercicio de sus funciones».

Además, añade que «teniendo en cuenta que el contenido del informe solicitado viene referido a una cuestión jurídica nada baladí, como es el voto dirimente del presidente del Consejo de Administración de la CRTVE al punto de que —según afirma la propia corporación reclamada— fue emitido incluso un informe de la Abogacía del Estado, (…) resulta difícil aceptar que el referido informe tenga un mero carácter auxiliar o de apoyo».

Es más, considera que dicho informe «no responde a un acto caprichoso de RTVE sino al juicio de conveniencia de su evacuación en una cuestión de orden jurídico no poco relevante por cuanto que condiciona de forma relevante el funcionamiento interno de esa corporación en la toma de decisiones su Consejo de Administración». Es decir, la importancia del informe es tal, que cambia el sistema de mayorías del ente público, y, por tanto, debe ser de conocimiento por parte del ciudadano.

Del mismo modo, considera que esta argumentación «es extensible, desde la perspectiva de la rendición de cuentas sobre el manejo de los fondos públicos por un ente del sector público estatal, al acceso a los informes que se hayan podido elaborar para valorar la contratación de un presentador», por lo que todos los documentos elaborados para justificar el polémico fichaje deben ser públicos.

Además, el CTBG tampoco da por buena la excusa de RTVE de que el contrato de Broncano está «en curso de elaboración» para así evitar su publicación. De hecho, es lapidario en este extremo al señalar que «tras más de un mes de emisiones del programa en el que desarrolla su actividad el presentador respecto del que se pedía el contrato, no puede albergarse duda alguna que el contrato ya se ha formalizado» y por tanto debe ser público.

Así, el organismo daba un plazo de diez días al ente para remitir a El Debate toda la documentación requerida, al mismo tiempo que emitía otra resolución similar en la que enmendaba el proceder de RTVE al remitir las actas de la reunión que dinamitó el Consejo de Administración totalmente censuradas, bajo el pretexto de que quería proteger la «libertad de sus miembros en su actuación interna».

En concreto, RTVE decía que tachaba todas las actas porque «las opiniones, intervenciones y manifestaciones de cada uno de los integrantes del órgano colegiado durante la deliberación debe preservarse del conocimiento público, manteniendo una cierta reserva y confidencialidad como garantía del correcto funcionamiento del órgano».

Sin embargo, el CTBG, en su resolución 2024-1203 de 25 de octubre, no ha dado por buenos estos argumentos, sino que ha establecido unas pautas claras acerca de cómo deben remitirse para garantizar el derecho de la ciudadanía a conocer cómo funciona el ente público.

Es decir, ha ordenado a RTVE a remitir, de nuevo, las actas a El Debate, pero no tachadas, sino que debe hacerlo especificando si omiten algo, cuál es la información excluida y aclarar el límite legal invocado para omitir la información, ya que no puede censurarlas alegremente, sino que tiene que hacerlo de forma justificada.

ACTAS CONSEJO RTVE CESE ELENA SÁNCHEZ

De esta manera, RTVE deberá remitir a este periódico toda la información e informes que rodean al polémico contrato de David Broncano, así como hacer públicas las actas de la reunión que derivó en la crisis interna en la dirección del ente y que han terminado por acelerar un decreto que permitirá a Sánchez convertir a la corporación en su gran máquina de propaganda.