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Lalachus y Broncano

Lalachus y Broncano, durante las campanadas de TVETVE

Archivan la denuncia contra Broncano, Lalachus y el presidente de RTVE por ofender a los católicos en las campanadas

Un juzgado de Madrid decreta el sobreseimiento provisional y el archivo de la denuncia presentada por Hazte Oír, que recurrirá ante la Audiencia Provincial

La denuncia de Hazte Oír por la ofensa a los católicos durante la retransmisión de las campanadas en TVE, cuando Lalachus mostró una estampita donde la vaquilla de El Grand Prix sustituía al Sagrado Corazón de Jesús, ha sido sobreseída provisionalmente y archivada por el Juzgado de Instrucción número 4 de Madrid. Hazte Oír recurrirá ante la Audiencia Provincial el archivo del proceso contra David Broncano y Laura Yustres, conocida como Lalachus, como presentadores de las campanadas de TVE, y también contra José Pablo López, presidente de RTVE, por un presunto delito contra los sentimientos religiosos.

«El equipo jurídico de Hazte Oír ya trabaja en el escrito. Cada vez se hace más evidente que la defensa de los sentimientos de los cristianos merece una defensa férrea y más con la persecución que están sufriendo los cristianos en Siria», aseguran.

El auto entiende que el supuesto 'gag' se enmarca dentro de los límites de la libertad de expresión y rechaza que «la conducta denunciada sea ofensiva, al menos en el sentido reforzado que exige el tipo» y asegura que «el contexto en el que la actuación se llevó a cabo, dotada de una naturaleza y contenido humorístico y satírico, en una festividad lúdica como las celebraciones de Nochevieja, la profesión de los denunciados, comunicadores del programa, nos conduce de modo inequívoco a rechazar una intencionalidad ofensiva».

El auto indica, asimismo, que «tampoco cabe considerar que la acción ejecutada por la Sra. Yustres (Lalachus) y el Sr. Broncano constituya una vejación para los que profesan o practican la religión católica. Ya que el tipo que ahora estudiamos castiga al que veje, es decir, al que moleste, ofenda, humille o ultraje, también públicamente, no los dogmas, creencias, ritos o ceremonias de una confesión religiosa sino a las personas, en particular o en general, que profesan o practican dicha religión. Pero dicha vejación tiene que ser directa, no indirecta».

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