Por qué la ley del 'solo sí es sí' no solo es una ley mal elaborada sino también una falacia lingüística
La Ley del consentimiento que ha permitido el beneficio, por el momento, de más de 500 agresores sexuales, es un despropósito desde su propia denominación
Dos años de trabajo para lo que al final ha parecido poco más un capricho impensado por unos responsables incapaces. La reforma del Código Penal en los delitos contra la libertad sexual que ha llevado a cabo el gobierno de Pedro Sánchez, impulsada por el Ministerio de Igualdad que dirige Irene Montero, por el que los abusos sexuales han desaparecido para ser calificados como agresiones sexuales.
Se pretendía endurecer los abusos y lo que se ha conseguido, ya en mas de 500 casos (y subiendo) es la reducción de las condenas. Un hecho insólito y gravísimo que en cualquier otro país hubiera producido dimisiones inmediatas y ceses fulminantes, y que en España, sin embargo, ha producido el encastillamiento de sus responsables en sus antaño inimaginables poltronas.
Un escándalo mayúsculo insuficientemente tratado y velado a pesar de lo noticioso. Según el abogado José María de Pablo, penalista, profesor de la Universidad de Navarra y muy conocido en Twitter por sus explicaciones jurídicas, la razón del efecto contrario de la nueva ley es que el Gobierno olvidó «incluir la habitual Disposición Transitoria que limite los casos de posible revisión de condenas».
Un error que el propio De Pablo considera «de bulto» y una opinión que antes de la aprobación de la ley tuvo forma de advertencias a las que el Gobierno no hizo caso. Lo advirtió el mismísimo Consejo General del Poder Judicial, el aviso del que se hicieron eco distintos grupos parlamentarios que tampoco fueron escuchados. El empecinamiento en la aprobación de la ley que indica su motivación ideológica por encima, se diría que pisoteando, los principios fundamentales del Derecho y de la democracia.
Y no solamente se advierte la necia obstinación en su resultado y consecuencias, sino en su principio, y ni siquiera en las primeras disquisiciones o planteamientos, sino en el propio nombre publicitario y populista: «solo sí es sí», que atenta contra la propiedad del lenguaje, contra la lingüística, y por tanto contra el entendimiento que ha de ser explícito en cuestiones legales y humanas, los aspectos a los que toca esta nefasta reforma.
«Sí» es un adverbio de afirmación, que se utiliza para responder a oraciones interrogativas. La repetición en la frase del mismo como tal («solo sí es sí») es un énfasis exagerado, lo cual no es relevante, o no tanto, pero sí falaz desde el punto de vista lingüístico, equívoco en la ley que ha de ser clara. Si ni siquiera el enunciado «popular» de esta lo es, ¿qué se pude esperar del contenido? El caso es que «sí» también puede ser un sustantivo masculino, que significa «permiso o conformidad»: «Me dio el sí a la propuesta», y también la forma tónica reflexiva de tercera persona, en singular y en plural, siempre precedido de preposiciones: «Este tema no da más de sí» o «Está muy seguro de sí mismo».
No solo «sí» es «sí»
Otro punto es la locución adverbial «de por sí», que significa «por su propia naturaleza»: «Es soberbio de por sí». Distintos y variados usos y formas del «sí» en el diccionario español como para aventurarse a decir, o mejor, a nombrar a una ley «ley del solo sí es sí» que además atañe a una cuestión tan espinosa. Son los numerosos usos y las numerosas formas lingüísticas del «sí», que indican con contundencia que no solo «sí» es «sí» o el principio falso de una posterior ominosa ley, que eleva, por ejemplo, la anécdota delirante, cinematográfica e irreal que aparecía en la película El Indomable Will Hunting, donde el propio genio y delincuente Will lograba defenderse a sí mismo con éxito de la acusación de conducir sin carné en un juicio, apoyándose en una vieja ley de carruajes del siglo XIX, a la categoría de indigna realidad.