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El escritor Illdefonso Falcones en la presentación del rodaje de la serie 'La catedral del mar'GTRES

Absuelven a Ildefonso Falcones de los delitos de fraude por los beneficios de sus libros en 2009 y 2010

La sentencia señala que las cuotas defraudadas por el autor de 'La Catedral del Mar' y su esposa son inexistentes o inferiores a 120.000 euros, por lo que procede su libre absolución

El escritor Ildefonso Falcones ha sido absuelto de los delitos de fraude por los beneficios de sus libros entre los años 2009 y 2010. El juzgado de lo penal número 25 de Barcelona ha acordado absolver al escritor al determinar que, en el peor de los casos, Falcones, su esposa y su hermano, fallecido en 2019, no hubieran defraudado a Hacienda los 120.000 euros que la ley establece como mínimo para constituir delito.

Para la Fiscalía, que cifraba en 744.213 euros las sumas defraudadas, y junto a la acusación particular ejercida por la Agencia Tributaria, el escritor eludió el pago de impuestos mediante la transmisión de los derechos de explotación de sus obras a sociedades radicadas fuera de España y la cesión de los derechos de autor a la empresa Bufete Falcones, participada por él y su esposa.

La juez admite que los procesados idearon una trama de sociedades radicadas en el extranjero con la finalidad de evitar el pago parcial de impuestos en territorio español. Al mismo tiempo, descarta que Ildefonso Falcones fuera ajeno a esa estrategia porque en su opinión «conoció y consistió plenamente dichas acciones».

Simulación del contrato

A pesar de que «el fin de defraudar resulta evidente», la juez cuestiona que hubiera simulación en la cesión de los derechos del escritor a Bufete Falcones y a Índice Empresarial, porque ambas sociedades habían sido creadas y ya eran operativas antes de que el autor firmara el contrato de agencia literaria por su obra La Catedral del Mar, en julio de 2004.

La magistrada se pregunta por qué la cesión de derechos a una sociedad familiar, como Bufete Falcones, «deja de considerarse válido y pasa a considerarse simulado», y se responde en la misma sentencia que se dejó prescribir las acciones para reclamar el posible fraude aferrándose a la tesis de la simulación del contrato de 4 de noviembre de 2004, «pues de otro modo todo el posible fraude no se podría reclamar».

La juez concluye, por todo esto, que las cuotas defraudadas por Falcones y su esposa «serían en todo caso inexistentes o inferiores a 120.000 euros», por lo que procede su libre absolución.