Consejo de Ministros
El Gobierno extiende a todo 2022 el blindaje de empresas españolas
El Ejecutivo trata de evitar que sociedades externas a la Unión Europea aprovechen la debilidad provocada por la crisis para hacerse con el control de empresas españolas
El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto ley que prorroga, hasta finales de 2022, el «blindaje» de empresas españolas para evitar que sociedades de fuera de la Unión Europea (UE) y de la Asociación Europea de Libre Comercio aprovechen la crisis del coronavirus para tomar el control de empresas españolas de sectores estratégicos.
Esta extensión del plazo se produce tras la ampliación del Marco Temporal de Ayudas por parte de la UE, que ha permitido también prorrogar hasta el 30 de junio de 2022 las líneas de avales del Instituto de Crédito Oficial (ICO), los fondos de recapitalización de empresas gestionados por la SEPI y por COFIDES y otras medidas en el ámbito concursal.
La prórroga de estas medidas tiene como objetivo seguir protegiendo el tejido empresarial para que las empresas viables puedan reforzar su solvencia en esta fase de recuperación económica, según una nota de la vicepresidencia primera del Gobierno.
La norma amplía hasta el 31 de diciembre de 2022 la extensión de la suspensión del régimen de liberalización de las inversiones extranjeras, en determinados sectores, tanto en sociedades cotizadas como no cotizadas, si la inversión es superior a 500 millones de euros.
El blindaje, diseñado el 17 de marzo, se amplió ya el pasado 1 de abril para evitar movimientos de toma de control de empresas no comunitarias en sectores estratégicos en España aprovechando precios bajos como consecuencia de la pandemia.
El real decreto-ley aprobado en abril establecía que tampoco podrán tomar el control de empresas españolas las sociedades europeas cuyos titulares reales (se entiende que lo son si tienen más del 25 % de la compañía) sean residentes en países de fuera del espacio europeo.
Los sectores incluidos son aquellos «que afectan al orden público, la seguridad pública y la salud pública», según el texto del 17 de marzo, que cita expresamente las infraestructuras críticas, físicas o virtuales -energía, transporte, agua, sanidad o comunicaciones-, las tecnologías críticas, los suministros fundamentales o los medios de comunicación.
El texto indicaba también que quedaba suspendido el régimen de liberalización de inversiones extranjeras si el inversor estaba controlado, directa o indirectamente, por un gobierno o un organismo público de otro país.