¿Hay enfermedades que dan derecho a una pensión permanente?
No existe una lista oficial que incluya todas las enfermedades capaces de causar una incapacidad permanente
La incapacidad permanente se concede según cómo la enfermedad afecta a la capacidad laboral de la persona que la padece
El Supremo concluye que se puede reconocer la incapacidad permanente a una persona con jubilación anticipada
La pensión de incapacidad permanente es un tipo de prestación económica que trata de cubrir la pérdida de ingresos que sufre un trabajador cuando por enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral.
Como explica la Seguridad Social, pueden optar a este tipo de ayuda todas las personas que reúna los requisitos exigidos para cada grado de incapacidad, de los cuales dependerá la cuantía recibida.
Grados de incapacidad
La Seguridad Social distingue cuatro grados de incapacidad que pueden optar a la pensión permanente en diferente medida.
La incapacidad parcial permanente es aquella que reconoce que el trabajador sufre una disminución de al menos el 33 % en el rendimiento de su actividad laboral ordinaria. Es compatible con cualquier trabajo y da derecho a recibir un único pago.
Por su parte, la incapacidad total permanente reconoce la inhabilitación del trabajador para ejercer la actividad que desarrolla hasta el momento pero no para dedicarse a otra diferente. Da derecho a recibir una prestación vitalicia.
La incapacidad absoluta permanente reconoce que el trabajador está inhabilitado para realizar cualquier profesión y también da derecho a recibir una pensión vitalicia.
Por último, la gran invalidez reconoce que el trabajador necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida. Da derecho a recibir una prestación de por vida.
Enfermedades que pueden dar la incapacidad permanente
Lo cierto es que no existe una lista oficial que incluya todas las enfermedades capaces de causar una incapacidad permanente en cualquiera de sus grados. No obstante, sí que hay una serie de patologías que comúnmente han sido y son reconocidas, tanto por vía administrativa como judicial, como enfermedades que pueden causar una incapacidad laboral, con el reconocimiento del grado de discapacidad correspondiente.
Sin embargo, la incapacidad no se reconoce por la enfermedad en sí misma, sino por cómo dicha patología o lesión limita a un trabajador.
El grupo Campmany Abogados ha elaborado una lista con las enfermedades que pueden producir la incapacidad permanente:
Enfermedades
- Alzheimer
- Arterioesclerosis
- Artritis reumatoide
- Artrosis
- Cáncer
- Colitis ulcerosa
- Demencia
- Enfisema pulmonar
- Epilepsia
- Esclerosis múltiple
- Fibrilación auricular
- Glaucoma
- Hernia cervical
- Hipertensión pulmonar
- Hipoacusia
- Insuficiencia mitral
- Insuficiencia renal crónica
- Lumbalgia
- Lupus eritematoso sistémico
- Migraña
- Miastenia gravis
- Parkinson
- Patologías de manos
- Pérdida de visión
- Síndrome de Arnold Chiari
- Trasplante de riñón
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Casi un millón de las pensiones emitidas durante el mes de febrero han correspondido con incapacidad permanente o invalidez. Las pensiones vitalicias, al igual que las generales, se abonan en 14 pagas cuando la incapacidad es consecuencia de una enfermedad común o un accidente no laboral. Si se deben a un accidente laboral o una enfermedad profesional se cobran en 12 mensualidades con las pagas extras prorrateadas.