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La pensión de viudedad es la segunda más numerosa en cuanto a número de beneficiariosPixabay

¿Cuánto se cobra con la pensión de viudedad?

La pensión de viudedad es aquella que se concede para evitar la desprotección en la unidad familiar si el cónyuge fallecido, ya fuera pareja de hecho o expareja (separado o divorciado) era el único o el principal generador de las rentas del hogar.

En España, el 16,9 % de la nómina de las pensiones de julio, 1.832,7 millones de euros, se destinaron al abono de las pensiones contributivas de viudedad, una cuantía que ha subido un 4,9 % con respecto al es de julio del año anterior.

Es decir, las pensiones de viudedad son las segundas más numerosas en cuanto a beneficiarios y gasto de la Seguridad Social, solo superadas por las pensiones de jubilación. Eso sí, la cuantía del subsidio difiere mucho de las primeras, siendo considerablemente inferior.

Quién puede solicitar la pensión de viudedad

Pueden solicitar la pensión de viudedad aquellas personas que han tenido una relación matrimonial o han sido pareja de hecho de una persona fallecida que haya acreditado 500 días cotizados dentro de un período ininterrumpido de 5 años inmediatamente anteriores a la muerte o a la fecha en que cesó la obligación de cotizar.

En el caso de que en el momento del fallecimiento el finado no se encontrara en alta o situación asimilada, deberá acreditarse una cotización mínima de 15 años.

Además, será necesario acreditar determinados requisitos en los siguientes supuestos:

  • En caso de matrimonio cuando el fallecimiento ha sido causado por una enfermedad común anterior al vínculo matrimonial.
  • En caso de separación, divorcio, nulidad y parejas de hecho.

Cuánto cobra un viudo o una viuda en España

La cuantía media de esta pensión fue, en el pasado mes de julio, de 779,1 euros mensuales según los datos de las última nómina de pensiones publicada por el Ministerio de Inclusión y Seguridad Social.

La cuantía se encuentra muy por debajo de la pensión media de jubilación, 1.254,95 euros mensuales, y de la pensión media general, 1.090,4 euros al mes.

Según explican desde la Seguridad Social, la cuantía de la prestación corresponderá al 52 % de la base reguladora del fallecido. Esta podrá aumentar al 70 % cuando concurran simultáneamente estas tres circunstancias:

  • Que el pensionista tenga cargas familiares
  • Que la pensión de viudedad constituya la principal o única cuente de ingresos del beneficiario
  • Que los rendimientos anuales del pensionista por todos los conceptos no superen la cuantía resultante de sumar al límite que, en cada ejercicio económico, esté previsto para el reconocimiento de los complementos por mínimos de las pensiones contributivas, el importe anual que, en cada ejercicio económico, corresponda a la pensión mínima de viudedad con cargas familiares.

Pensión mínima y máxima

Las cuantías mínimas para 2022 son las siguientes:

  • 546,80 euros mensuales para perceptores menores de 60 años
  • 675,20 euros mensuales cuando el pensionista se encuentre entre los 60 y los 64 años
  • 721,70 euros al mes si el titular tiene 65 años o discapacidad igual o superior al 65 %
  • 834,9 euros mensuales para titulares con cargas familiares.

En lo que respecta a la pensión de viudedad que una persona puede recibir, es necesario saber que el importe máximo para las pensiones contributivas se sitúa este 2022 en 39.474 euros anuales, abonados en 14 pagas. Por tanto, una persona que supere dicho límite con la pensión de viudedad verá reducida su cantidad correspondiente para ajustarse a este máximo.

Compatibilidad de la pensión de viudedad

La pensión de viudedad es compatible con cualquier renta de trabajo del beneficiario y con la pensión de jubilación o de incapacidad permanente.