¿Cuánto dinero puedes recibir de una donación sin tener que pagar impuestos?
Muchos ven la donación en vida como una alternativa a la herencia, pero deben tener presente el Impuesto de Sucesiones y Donaciones
Antes de morir, son muchos los que prefieren legar su herencia en vida. Para ello, recurren a la donación, la cual es definida por el Código Civil español como «un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta».
Por su parte, la herencia, es «la sucesión en todos los bienes del difunto y en todos sus derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte». Por tanto, entendemos que la principal diferencia entre ambas es que, en la herencia, el patrimonio de una persona se reparte después de su fallecimiento, y en la donación el traspaso se produce en vida.
Tanto para la donación como para la herencia es necesario tener en cuenta el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, del cual son responsables las comunidades autónomas, por lo que pueden existir diferencias debido a las deducciones que se aplican en cada región.
¿Y es mejor donar que heredar? ¿Cuánto dinero puedes recibir de una donación sin tener que pagar impuestos?
Impuesto de Sucesiones y Donaciones
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es el que regula las herencias y las donaciones. La normativa estatal establece una tarifa que va desde el 7,65 % hasta el 34 % en función del montante de la base liquidable. En un principio, cuanto más se recibe, más se tiene que pagar. Sin embargo, como hemos mencionado anteriormente, este impuesto se regula diferente en cada comunidad, por lo que pueden producirse diferencias importantes.
De este modo, en lo correspondiente a las herencias, los descendientes menores de 21 años pagan importes simbólicos a la hora de recibir la herencia en comunidades como Asturias o Galicia, mientras que en otras, los contribuyentes de 30 años descendientes directos del finado, en el caso de heredar 800.000 euros, podrían pagar hasta 100.000 en impuestos en Asturias.
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En el caso de las donaciones ocurre algo similar (además de que hay que tener en cuenta el IRPF de la ganancia generada, que hay que incluir en la declaración de la Renta, y la plusvalía municipal en el caso de ser un inmueble). Sin embargo, existe una cantidad mínima con la cual no es necesario pasar por el control de la Agencias Tributaria.
Las donaciones libres de impuestos
Existe un tipo de donaciones que no suele pasar por manos de Hacienda. Se trata de las cantidades inferiores a 3.000 euros, ya que los bancos no tienen la obligación de informar de operaciones inferiores a esa cantidad. No obstante, pueden producirse excepciones.
Es importante recordar que, según el el modelo 651, de la adquisición de bienes por donación los españoles están «obligados a presentar declaración o autoliquidación por este impuesto por los bienes y derechos que adquieran por donación o cualquier otro negocio jurídico a título gratuito e inter vivos».
Este documento debe presentarse en un plazo máximo de 30 días hábiles desde que se hizo efectivo el contrato de donación.