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La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús MonteroEuropa Press

Al Senado

Así quedarán los impuestos a la banca, las energéticas y grandes fortunas que ha aprobado el Congreso

Las exenciones de la tributación en el extranjero y en otros terrenos están entre las principales modificaciones

El Congreso de los Diputados ha aprobado la proposición de ley para introducir nuevos gravámenes a empresas energéticas y banca, en la que PSOE y Unidas Podemos añadieron vía enmienda el impuesto a las grandes fortunas.

A lo largo de las últimas semanas, la proposición de ley ha sufrido diferentes modificaciones con respecto a la redacción original. Uno de los principales cambios se ha producido en torno al gravamen del 4,8 % a los intereses y comisiones de la banca, ya que se incluyó una enmienda del PNV para que el tributo afecte a la actividad que los bancos desarrollen en España.

Nacionalidad

Con ese cambio no se precisaba la nacionalidad de los bancos, por lo que el PSOE y Podemos ya no vieron necesario incluir en el articulado una mención expresa a las entidades extranjeras que desarrollen su actividad en nuestro país, máxime cuando en la exposición de motivos se deja claro que los bancos extranjeros con negocio en España también están afectados por el gravamen.

Es más, en la justificación de su enmienda el PNV ya explicaba que su propuesta tiene por objeto aclarar el ámbito territorial de aplicación del nuevo gravamen, «tanto por entidades españoles como extranjeras», excluyendo así los intereses y comisiones que se obtengan en otras jurisdicciones.

Impuesto energético

En lo referido al gravamen energético, en la comisión se acordó que de la facturación objeto del gravamen se excluirían los ingresos derivados de las actividades reguladas. De este modo, quedó modificado el texto original para que el impuesto no afecte a aquellos ingresos donde el suministro sea a precio regulado, como es el caso del PVPC de electricidad, la tarifa de último recurso (TUR) de gas, el GLP envasado y el GLP por canalización.

Además, se incluye en la exoneración los ingresos regulados de las redes de transporte y distribución de electricidad y gas natural y, en el caso de generación con retribución regulada y retribución adicional en los territorios no peninsulares, todos los ingresos de las instalaciones, incluidos los que perciben del mercado y el despacho económico, respectivamente.

Al mismo tiempo, se incluyó otra enmienda transaccional para que el impuesto se aplique solo a la actividad que las empresas del sector desarrollen en España.

Impuestos permanentes

Por otro lado, el texto llegará al Pleno con los acuerdos alcanzados entre EH Bildu, PSOE y Podemos, quienes pactaron que a finales de 2024, cuando finalice la vigencia de los nuevos impuestos a banca y energéticas, se haga una evaluación de su aplicación y se estudie la posibilidad de convertirlos en permanentes, así como para que las haciendas forales vascas y navarras gestionen estos nuevos gravámenes.

En el texto final está incorporada a la ley la enmienda por la que se crea el impuesto a las grandes fortunas, que gravará a aquellos patrimonios superiores a tres millones de euros para que no puedan quedar eximidos por las bonificaciones de los gobiernos regionales.

Este gravamen será del 1,7 % para los patrimonios de entre 3 y 5,3 millones de euros; del 2,1 % para los patrimonios entre 5,3 y 10,6 millones, y del 3,5% para aquellos patrimonios superiores a 10,6 millones de euros.

Además, para la determinación de la base imponible de este impuesto, resultarán aplicables las reglas contenidas en la ley del impuesto del patrimonio, de manera que se incluye una reducción en concepto de mínimo exento de 700.000 euros