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La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.A. Pérez Meca - Europa Press

Los nuevos incentivos de Díaz a la contratación: las empresas que los reciban deberán mantener el empleo tres años

Garcés (PP) critica que se haya establecido una bonificación de 366 euros para los contratos de sustitución temporales de jóvenes desempleadas y menores de 30 años en lugar de mantener la bonificación actual del 100 %

El Pleno del Congreso de los Diputados ha convalidado sin votos en contra el decreto que establece una nueva prestación por desempleo para los trabajadores del sector cultural y que reordena los incentivos a la contratación laboral, si bien ha acordado también tramitar la norma como proyecto de ley abriendo la puerta a posibles cambios vía enmienda.

La convalidación del decreto ley ha salido adelante con la abstención del PP, Vox y Junts, mientras que su tramitación como proyecto de ley ha sido apoyada por todos los grupos de la Cámara.

Durante su intervención, Díaz ha repasado las distintos incentivos que incluye el decreto. La vicepresidenta ha argumentado que las bonificaciones a la contratación se habían convertido en un «peso muerto», pues favorecían a las personas que estaban en mejor posición en el mercado laboral en lugar de a las más vulnerables, lo cual, dice, queda corregido con este nuevo marco de incentivos.

Díaz ha recordado que, con esta nueva norma, que entrará en vigor el próximo 1 de septiembre, las empresas que reciban incentivos a la contratación tendrán que mantener el empleo durante tres años. La vicepresidenta también ha resaltado que el nuevo sistema se evaluará de forma permanente, con lo que sólo se mantendrán los que funcionen, y con él se da cumplimiento a una de las reformas comprometidas con Bruselas en el Plan Nacional de Recuperación.

El diputado del PP Mario Garcés ha señalado que las medidas relacionadas con el sector cultural contempladas en la norma son correctas, pero «insuficientes», y ha calificado de «muy triste» que se haya establecido una bonificación de 366 euros para los contratos temporales que se celebren con jóvenes desempleadas y menores de 30 años para sustituir trabajadoras embarazadas o durante los permisos de maternidad o paternidad, en lugar de mantener la bonificación actual del 100 %.

«Es un castigo a la conciliación y un ataque a la igualdad de oportunidades», ha denunciado Garcés, pues la nueva bonificación «sólo cubrirá la mitad» de las aportaciones que la empresa tiene que abonar por la persona trabajadora.

También esto ha sido criticado por el diputado de Vox Juan José Aizcorbe, que ha considerado que con ello no se fomenta la maternidad, sino al contrario. Al mismo tiempo, ha denunciado que en el decreto se mezclen cosas «parcialmente positivas», como las relativas a los artistas, con otras «absolutamente inaceptables».

Medidas para promover la contratación

El decreto tiene como objetivo promover la contratación y el mantenimiento del empleo estable del conjunto de los trabajadores, aunque prioritariamente de aquellos considerados colectivos vulnerables o de baja empleabilidad, como parados de larga duración, jóvenes, mujeres y personas con discapacidad.

La norma establece además que las empresas que procedan al traslado de su actividad industrial, productiva o de negocio a territorios que no formen parte de la Unión Europea o del de Espacio Económico Europeo (EEE) deberán proceder a la devolución de todas las bonificaciones a la Seguridad Social de las que se hayan beneficiado durante los cuatro años inmediatamente anteriores a la deslocalización, con el recargo y los intereses de demora correspondientes. Igualmente tendrán que reintegrar las subvenciones públicas obtenidas en materia de contratación y empleo.

Las nuevas bonificaciones que se incluyen en la ley oscilan entre los 55 y los 366 euros mensuales a favor de la empresa y se refieren principalmente a contratos indefinidos. Además se introducen dos bonificaciones para trabajadores autónomos, una primera del 50 % de la cotización en contingencias para trabajadores de Ceuta y Melilla y otra del 100 % de los trabajadores del mar en caso de nacimiento o adopción.

Incentivos de 275 euros mensuales por contratar jóvenes

Entre los nuevos incentivos que introduce la norma se incluye una bonificación de 275 euros al mes durante tres años a la contratación indefinida de jóvenes con baja cualificación beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

La conversión de contratos temporales a contratos fijos-discontinuos realizados con trabajadores del Sistema Especial Agrario por cuenta ajena se bonificará, durante los tres años siguientes, con 55 euros al mes (73 euros por mes si el contratado es mujer).

En los supuestos de contratación a tiempo parcial las cuantías que se establecen en la norma se reducen proporcionalmente en función de la jornada establecida. En todo caso, no se incentivan las jornadas parciales inferiores al 50 % de la jornada a tiempo completo, salvo en los supuestos de permisos por conciliación.

La norma bonifica la readmisión de trabajadores que hubieran cesado en la empresa por incapacidad permanente total o absoluta, limitándose a los contratos indefinidos y a los supuestos en los que la readmisión no obedezca a un derecho del trabajador, límites que no están contemplados en la regulación actual. Estas bonificaciones se extienden a los supuestos de mayores de 55 años con incapacidad permanente reincorporadas a su empresa en otra categoría, así como de personas mayores de esa edad que recuperan su capacidad y puedan ser contratadas por otra empresa.

Por su parte, la contratación fija de parados de larga duración (110 euros al mes) se eleva hasta los 128 euros al mes si la persona contratada es mujer y también si se tienen 45 o más años.

Los beneficios en las cuotas de la Seguridad Social previstos por la transformación en indefinidos de contratos formativos incrementan su cuantía un 200 % para igualarla a la prevista por la conversión en indefinido del contrato de formación en alternancia.

Además, al igual que se hace con la bonificación por transformación del contrato de relevo, se elimina de la normativa que sólo puedan beneficiarse de esta bonificación las empresas con menos de 50 trabajadores en alta, como sucede actualmente.

La norma regula las bonificaciones en las cuotas patronales de la Seguridad Social relativas a la contratación de personas con discapacidad, en los contratos suscritos por empresas de inserción y en los contratos de sustitución de trabajadoras víctimas de violencia de género o de violencias sexuales, que mantienen las bonificaciones actuales.