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El índice a pagar en el presente ejercicio es del 3,34%GTRES

Hipotecas

Qué ayudas puedes solicitar por la subida de precio de la hipoteca

El Gobierno aprobó una serie de medidas que aligera la carga de la deuda financiera asociada al pago de este acuerdo

Miles de familias están viéndose castigadas tras la subida de los tipos de interés y el euríbor, todo esto carga directamente sobre las finanzas de su hogar con una deuda hipotecaria de tipo variable. El índice a pagar en el presente ejercicio es del 3,34%, por ello, la hipoteca media se ha encarecido hasta los 284,53 euros.

Esta subida supone pagar al año 3.414,36 euros más respecto al año pasado. Ante esta situación, que podría llegar a ser el golpe definitivo para las familias que sufrieron el incremento de los precios por la inflación, el Gobierno aprobó un paquete de medidas para aligerar la carga de la deuda financiera asociada al pago de la hipoteca.

Estas ayudas incluyen, entre muchas otras medidas, diferentes iniciativas para poder reducir de forma temporal la cuota que el consumidor paga mes a mes, existe la posibilidad de pedir un período carencia de capital de hasta cinco años.

La opción de poder alargar el plazo de amortización hasta los siete años o la congelación de la cuota durante 12 meses es en resumen, una carencia de capital e intereses. Las ayudas se articulan en dos grandes paquetes de medidas que varían en función de los ingresos del hogar y el impacto que haya sufrido su economía con la subida del euríbor.

Ingresos hasta los 25.200 euros

Las familias cuyos ingresos sean inferiores a los 25.200 euros y más del 50% de sus ingresos vayan destinados al pago de su hipoteca, podrán acogerse a varias ayudas siempre que asuman un aumento del esfuerzo hipotecario de más del 50%.

La primera de ellas ofrece la posibilidad de pedir un período de carencia de capital de hasta cinco años. En ese tiempo solo se pagarían los intereses, que estarían bonificados a euríbor -0,10%, hoy supondría pagar un interés del 2,529%.

Asimismo pueden solicitar la dación de pago, o lo que es lo mismo, entregar la vivienda para poder dar por saldada la deuda con el banco. Esta opción ya existía, pero el plazo para poder solicitarla se ha alargado hasta los dos años. Además se facilita la posibilidad de pedir una segunda reestructuración de la deuda.

En el caso de los hogares que no hayan experimentado una subida del 50% en la cuota, podrán pedir un periodo de carencia capital de hasta dos años y se les permitirá alargar el plazo de devolución hasta siete años para reducir la cuota mensual. En los dos casos, las ayudas están disponibles siempre que el valor de la vivienda sea inferior a los 300 mil euros.

Ingresos entre 25.200 y 29.000 euros

En último lugar, los hogares que cuenten con unos ingresos entre los 25.200 y 29.400 euros y más del 50% vayan dedicados al pago de su hipoteca (contando con el aumento del esfuerzo hipotecario de más del 50%) pueden:

  • Solicitar una congelación de la cuota de 12 meses, similar a un periodo de carencia en el que no se pagan ni capital ni intereses.
  • Pedir una reducción de los intereses o alargar el plazo de devolución hasta los siete años para así reducir la cuota mensual.