Pensiones
El complemento de 31 euros que otorga la Seguridad Social a los pensionistas: requisitos
Este extra de 31 euros está destinado a las personas que reciban una pensión de jubilación, viudedad o de incapacidad permanente
De forma periódica, la Seguridad Social avisa a aquellos que perciben una pensión de viudedad, de incapacidad permanente o de jubilación, así como a aquellas personas que están cercanas a retirarse de la vida laboral, que pueden acceder a un complemento de 30,40 euros al mes, es decir, unos 425,60 euros al año, siempre y cuando cumplan con una serie de requisitos.
Se trata del complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género. Este extra sustituye al complemento por maternidad por aportación geográfica y tiene como objetivo el de reparar el perjuicio que han sufrido a lo largo de la historia de nuestro país las mujeres u hombres en su carrera profesional por asumir un papel principal de cuidador de los hijos, retrasando así los periodos de cotización.
Destinado tanto a madres como a padres
Aunque en un principio, tal y como recogía el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social este complemento solo estaba destinado a las madres de dos o más hijos, con la última modificación cubre al progenitor que haya tenido un mayor impacto en su carrera profesional por tener que dedicar tiempo a la crianza de sus hijos.
Por norma general, son las madres quien perciben este bonus. Son ya el 94 % de las destinatarias. No obstante, los hombres podrán solicitarlo cuando acrediten que ellos fueron los más perjudicados en su carrera laboral tras el nacimiento del niño.
En el caso de que tanto la madre como el padre tuviesen derecho a este bonus, solo lo cobraría el que percibiera una pensión de jubilación más baja.
Cabe destacar que este complemento solo está destinado a aquellas personas que se jubilaron a partir de la implantación del mismo: el 4 de febrero de 2021. El resto percibirán el complemento anterior por maternidad que solo aportaba determinados porcentajes sobre la pensión para las mujeres de dos o más hijos.
Este bonus dejará de existir, según explican desde el Ministerio, cuando se reduzca la brecha de género a menos de un 5 %.
Requisitos
Para recibir este extra se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Recibir una pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.
- En nacimientos anteriores a 1995, demostrar al menos 120 días de ausencia de cotización entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores al parto.
- En nacimientos a partir de 1995, se debe demostrar que la suma de las bases de cotización de los 24 meses siguientes al nacimiento es al menos un 15 % inferior a la suma de la base de cotización de los 24 meses anteriores al nacimiento.
Este bonus no tiene en cuenta el tope máximo de las pensiones. Por tanto, si se percibe la pensión máxima, se tiene derecho a la percepción de este complemento.
Cuantías
La cuantía del complemento se fija con los Presupuestos Generales del Estado de cada año. Para este 2023 el importe es de 30,40 euros mensuales por cada hijo o hija, con un límite de cuatro veces dicho importe:
- Aquellas mujeres que tuvieron un hijo recibirán de forma mensual un plus de 30,40 euros.
- Aquellas mujeres que tuvieron dos hijos recibirán de forma mensual un plus de 60,80 euros.
- Aquellas mujeres que tuvieron tres hijos recibirán de forma mensual un plus de 91,20 euros.
- Aquellas mujeres que tuvieron cuatro hijos recibirán de forma mensual un plus de 121,60 euros.
Según informa la Seguridad Social, el complemento «se abona mensualmente con las dos pagas extraordinarias que se devengan con las mensualidades de junio y noviembre».