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Existen dos trámites obligatorios que exige la Seguridad SocialEuropa Press

Pensiones

La Seguridad Social avisa de los trámites que hay que hacer antes de abril para no perder la pensión

Tanto las pensiones contributivas como las no contributivas suponen un gasto para el Gobierno de 11.900 millones de euros

En la actualidad, España cuenta con 9,6 millones de pensionistas que perciben, gracias al Instituto Nacional de la Seguridad Social, una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o en favor familiar, además de las no contributivas. Los beneficiarios de estas prestaciones deben saber que, para poder mantener estas prestaciones, hay que hacer una serie de trámites cada cierto tiempo.

La Seguridad Social ha avisado este mes de marzo de los trámites que deben hacer algunos de los beneficiarios, ya que en caso de no hacerlos, puede suponer la suspensión de la prestación.

Las pensiones contributivas como las no contributivas suponen un gasto para el Gobierno de 11.900 millones de euros, según los datos que ha ofrecido el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

El Gobierno, para poder mantener el control y el techo de gasto, exige a los beneficiarios de estas prestaciones que efectúen una serie de trámites. Algunos de ellos pueden requerir ser entregados o no, dependiendo de la situación de cada pensionista.

Los trámites obligatorios

Existen dos trámites obligatorios que exige la Seguridad Social. El primero de ellos es la comunicación de cualquier cambio o modificación de los datos personales y la situación económica o financiera, con el fin de que estos sean actualizados. En el caso de no hacerlo, podrían sufrir consecuencias como la pérdida de la prestación o una multa.

Tal y como recoge la sección 2.ª del capítulo III de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, aprobada por RD Legislativo 5/2000, la omisión del cumplimiento de las obligaciones, como es la no comunicación del cambio de datos en el plazo establecido, puede dar lugar a la imposición de multas.

Otro de los trámites obligatorios es entregar la fe de vida. Este documento, en caso de residir en España, será solicitado por las entidades bancarias. En el caso de residir en el extranjero, se deberá entregar en los Consultados Generales de España. En la web de Ministerio de Trabajo y Economía Social, se explica que, «para evitar la suspensión de las pensiones de Seguridad Social es necesario remitir anualmente, en los tres primeros meses del año, una fe de vida y Estado al organismo que remite la pensión».