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Planta de Andasol, en Granada.Kallerna

España tendrá que pagar seguramente 120 millones por el cambio de condiciones sobre las renovables

España ha afrontado 51 arbitrajes en varios países por esta causa, con reclamaciones por unos 10.000 millones de euros y 28 laudos dictados, de los cuales hasta ahora ninguno se ha ejecutado

El juez Peter Fraser del Tribunal Superior de Londres decidirá «cuanto antes después de la Semana Santa» si acepta o anula el registro en 2021 ante esa misma corte de un laudo que obliga a España a pagar 120 millones de euros a unos inversores perjudicados cuando en 2013 redujo unas ayudas de 2007 a la energía renovable.

El grupo Antin de inversores europeos registró ese laudo arbitral de 2018 ante la Justicia inglesa como primer paso para tratar de forzar al Estado español a pagar su deuda, bien voluntariamente o mediante la confiscación de sus bienes en Inglaterra.

En la última sesión de un juicio de cuatro días, Fraser, de la sala comercial del Superior, ha escuchado este lunes los alegatos finales de los abogados, Patrick Green por los demandantes -identificados como «los recipientes del laudo Antin»- y Tariq Baloch en nombre del Gobierno español.

Cualquiera que sea su dictamen, ambas partes podrán recurrirlo ante la Corte de Apelación del mismo Tribunal Superior.

Durante el proceso, Baloch ha alegado que España tiene «inmunidad soberana» en la jurisdicción inglesa y ha pedido al juez que invalide la orden firmada el 29 de junio de 2021 por su colega Sara Cockerill, que registró el laudo emitido en 2018 por el Centro Internacional para el Arreglo de Diferencias sobre Inversiones (CIADI), institución dependiente del Banco Mundial.

Esa decisión del CIADI, que el Gobierno español trató infructuosamente de anular en Washington (EE.UU.), le impone el pago de 101 millones de euros (más de 120 millones con los intereses) a los fondos luxemburgués Infrastructure Services Luxembourg y neerlandés Energia Termosolar -antes Antin Infrastructure Services Luxembourg y Antin Energia Termosolar- por los daños sufridos por la revocación retroactiva en 2013 de esas primas a las renovables.

Por parte de Antin, que en 2011 financió con 139,5 millones de euros las plantas Andasol 1 y 2 en Granada, Green sostuvo que España «renunció a su inmunidad estatal» al firmar el convenio internacional de arbitraje del CIADI de 1966 y el Tratado de la carta de la energía (TCE) de 1994 -que regula las relaciones entre las partes contratantes en el sector energético-.

España insiste a su vez en que ni la adhesión al CIADI ni al TCE, del que en 2022 anunció que piensa retirarse, significa que «haya renunciado a su inmunidad» en las jurisdicciones del resto de Estados miembros, como el Reino Unido.

Alega además en todo caso que, en base a jurisprudencia posterior de la Unión Europea (UE), el artículo 26 del TCE, que regula el arbitraje de disputas, «no se aplica a reclamaciones contra nacionales de otros Estados miembros de la UE», como lo son estos litigantes.

Antin rebatió, sin embargo, que estos tratados multilaterales obedecen a «los principios del derecho internacional aplicables a todos los Estados contratantes» y «no pueden verse afectados por la legislación de la UE».

En caso de que su argumento de inmunidad soberana falle, el Gobierno español aduce también que los demandantes incumplieron sus obligaciones procesales al «no divulgar toda la información» disponible cuando solicitaron el registro del laudo arbitral, a lo que estos responden que los datos supuestamente excluidos no son «relevantes» para el caso.

Tras su polémica reforma del sistema de primas a la energía renovable, España ha afrontado 51 arbitrajes en varios países por esta causa, con reclamaciones por unos 10.000 millones de euros y 28 laudos dictados, de los cuales hasta ahora ninguno se ha ejecutado.

Según fuentes del Gobierno español, España se resiste a realizar los pagos porque cree que «pueden ser contrarios al derecho de la UE y constituir una Ayuda de Estado ilegal».

El resultado del juicio en Londres, que podría alargarse en el tiempo, puede sentar un precedente para otros demandantes.