Traslado
Ferrovial crea una filial en España con un hijo de Del Pino como apoderado
La sucursal, que se establece con una dotación económica inicial de 60.000 euros y con domicilio en la madrileña calle de Príncipe de Vergara
Ferrovial ha constituido la subsidiaria Ferrovial International SE Sucursal en España ante su traslado a Países Bajos, con Ignacio del Pino Fernández-Fontecha, hijo primogénito del presidente del grupo, Rafael del Pino, como apoderado.
La nueva sociedad comenzó a operar el pasado 16 de marzo, justo después de que el pasado 28 de febrero la compañía anunciara su intención de trasladar su sede social a Países Bajos y cotizar en Estados Unidos.
Subsidiaria
El objeto social de la nueva subsidiaria es «la participacion en otras empresas, sean del tipo que sean, adquirir participaciones en ellas de cualquier otra forma y hacerse cargo de su gestion», según consta en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (Borme).
La sucursal, que se establece con una dotación económica inicial de 60.000 euros y con domicilio en la madrileña calle de Príncipe de Vergara, tendrá como apoderado también, junto al hijo de Del Pino, que ostenta el cargo de director financiero en el grupo, a Francisco Javier Martínez Pardo Arsuaga.
La publicación en el Borme este jueves coincide con la celebración de la junta de la compañía en la que el presidente, Rafael del Pino, ha defendido que la operación por la cual la compañía trasladará su sede social a Países Bajos le permitirá acogerse al régimen de neutralidad fiscal, en contra de lo sugerido por el Gobierno.
Discurso
En su discurso en la junta general de accionistas, el presidente de la constructora ha asegurado que esta reorganización societaria «persigue objetivos económicos válidos», requisito necesario para acogerse a ese ahorro de impuestos.
«La operación no se hace por motivos fiscales, ya que es neutra para la compañía a estos efectos. Los impuestos que pagará Ferrovial después de la operación serán similares a los que está pagando antes de realizarla. Como muestra la jurisprudencia de los tribunales españoles y comunitarios, la existencia de motivos económicos válidos y el hecho de que no persigamos ninguna ventaja fiscal permiten que la operación pueda acogerse al régimen de neutralidad fiscal de las fusiones», ha señalado.