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Consultorio inmobiliario de El Debate

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Entre mi mujer y yo somos copropietarios de siete pisos en alquiler: ¿somos grandes tenedores?

La nueva ley de vivienda deja muchas dudas a los propietarios de pisos

La nueva ley de vivienda ha sembrado de dudas a los propietarios de viviendas en alquiler. Se sienten desprotegidos. Los lectores también preguntan al experto inmobiliario de El Debate por los gastos comunitarios tras la venta de unos derechos hereditarios que no han sido pagados en plazo.

Han reducido de diez a 5 la definición de gran tenedor. Entre mi mujer y yo somos copropietarios de siete pisos que tenemos en alquiler. ¿Somos grandes tenedores los dos o no lo somos ninguno?

No sabemos si la copropiedad cuenta como un inmueble entero o bien suma 0,5 al tenerlo entre dos personas.

(Santiago)

La nueva ley de vivienda está pendiente de aprobación por el Senado por lo que, por ahora, el gran tenedor sigue siendo el titular de 10 viviendas. El texto define literalmente como gran tenedor a:

«...la persona física o jurídica que sea titular de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados de uso residencial, excluyendo garajes y trasteros. Esta definición podrá ser particularizada en la declaración de entornos de mercado residencial tensionado hasta aquellos titulares de cinco o más inmuebles urbanos de uso residencial ubicados en dicho ámbito, cuando así sea motivado por la comunidad autónoma...».

En función de la comunidad autónoma donde residáis, el criterio serán cinco o 10 viviendas. Sobre la cotitularidad no se especifica nada, pero mi criterio es que esta situación se acabará regulando, porque no es lo mismo ser titular del 1 % de una vivienda que del 99 %. En mi opinión, cuenta con la mitad. En caso de que la posible futura regulación complementaria os perjudique, podéis estudiar una extinción de condominio de seis de ellas para quedaros por debajo de tres cada uno.

Llevo desde agosto de 1993 ocupando la vivienda familiar. Desde entonces el propietario mantuvo la renta de 600 euros hasta hoy. Mi hija tiene alquilado un despacho a los mismos propietarios por 400 euros y 70 euros de comunidad. Las comunidades de la casa son altas y alcanzan entre 300 y 400 euros.

Somos tres personas, mis dos hijos y yo, viuda y jubilada. Uno de mis hijos tiene incapacidad mental del 81 %. Yo tengo 690 euros de pensión y 700 euros de viudedad... y no puedo afrontar los gastos de la casa, comunidades ni despacho. Pensé que no tendría problemas porque vendimos los derechos hereditarios de mi marido... El comprador abusó de él porque estaba muy enfermo y no ha pagado hasta ahora. Hemos interpuesto el monitorio y no contestó en plazo a la demanda. Con ese dinero, aún no cobrado, quiero pagar rentas y comunidad... Sin cobrar esa deuda, no puedo pagar porque la alimentación ha subido mucho y tengo otras facturas.

El deber de pagar gastos comunitarios es nuestro y se estipula en contrato. He desechado la Ley de Segunda Oportunidad porque quiero pagar. He pensado en una quita y esperar a que me paguen lo que me deben. ¿Qué me aconsejan?

(Esperanza)

Mi consejo es que se ponga en contacto con los propietarios de los inmuebles y les explique su situación para intentar llegar a un acuerdo que les beneficie a ambos, ya sea un plan de pagos o una reducción en la renta mientras se resuelve el problema con el comprador que le adeuda dinero.

En cuanto a la Ley de Segunda Oportunidad, es importante tener en cuenta que esta opción no es adecuada para todos los casos y puede tener consecuencias a largo plazo en su historial crediticio. Sería recomendable que recopile toda la documentación relevante y busque asesoramiento legal especializado antes de tomar cualquier decisión para llegar a una solución justa y satisfactoria para todos los involucrados.

Asesor inmobiliario

Desde El Debate respondemos a las preguntas sobre vivienda y otros asuntos inmobiliarios con la ayuda de Víctor Ortiz, abogado experto en Derecho de Sucesiones e Inmobiliario y perito judicial en valoraciones inmobiliarias.

Víctor Ortiz comenzó su carrera profesional en el Banco Santander en Estados Unidos, donde trabajó durante dos años en banca de inversión. Regresó a España y cofundó el startup Inmobiliaria Clicpiso y ahora se dedica a democratizar herencias en Heritae además de invertir en proyectos inmobiliarios.
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