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Declaración de la renta

Declaración de la renta

Declaración de la Renta 2022-2023

Tres gastos que puedes desgravarte en la declaración de la Renta 2022-2023

Aunque existen muchas deducciones de carácter autonómico, hay tres estatales que no podemos olvidar

El pasado 11 de abril comenzó la campaña para presentar la declaración de la Renta. Los contribuyentes tendrán hasta el 30 de junio para realizar este trámite obligatorio y rendir cuentas con Hacienda, pero es muy importante tener varias cosas en cuenta para que el resultado nos sea lo más favorable posible.

Por norma general, aquellas personas que tienen que hacer la declaración tienen en cuenta las diferentes deducciones autonómicas, que pueden hacer que, finalmente, la Renta nos salga a devolver y no tengamos que pagar a la Agencia Tributaria. Sin embargo, son muchos los que se olvidan de la existencia de tres deducciones estatales que pueden darnos una gran alegría.

Deducción por familia numerosa o maternidad

Desde 2015 se contempla una deducción por familia numerosa. El importe máximo es de 1.200 euros anuales, unos 100 euros al mes, con «un incremento del 100 % para familias numerosas de categoría especial».

Por otro lado, existe también una deducción por maternidad de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de 3 años o adoptado que dé derecho a la aplicación del mínimo por descendiente. Este año, como novedad, la ayuda tiene carácter universal y es válida para todas las madres, se encuentren o no en situación de desempleo.

Deducción por el alquiler

Aunque existen diferentes deducciones autonómicas al alquiler, es posible también deducir este gasto a nivel estatal.

La deducción estatal por el alquiler de la vivienda habitual se suprimió en el año 2025, pero sigue vigente para los contratos que se firmaron antes de dicha fecha, con los mismos baremos: una deducción del 10,05 % de las cantidades abonadas siempre y cuando la base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales.

Para poder deducir el alquiler en la declaración, según establece la Agencia Tributaria, hay que cumplir con dos requisitos:

  • Que el contrato de arrendamiento se haya celebrado con anterioridad al 1 de enero de 2015 y se hayan satisfecho con anterioridad cantidades por el alquiler de la vivienda habitual.
  • Que el inquilino haya tenido derecho a la deducción por alquiler de la vivienda habitual en un período impositivo devengado con anterioridad al 1 de enero de 2015.

Deducción por un plan de pensiones

Desde 2022 es posible optar a la deducción por un plan de pensiones. La aportación individual a un plan de pensiones privado es de 1.500 euros, aunque anteriormente era de 2.000 euros.

Las aportaciones no deben superar el 30 % de los rendimientos netos del trabajo y actividades. Por otro lado, el límite de las aportaciones que la empresa puede hacer al trabajador es de 8.500 euros.

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