Declaración de la Renta 2022-2023
Los casos en los que no te concederán cita presencial con Hacienda para hacer la declaración
Aunque los contribuyentes pueden presentar la declaración de la Renta de forma presencial desde el 1 de junio, existen algunas excepciones
El pasado 11 de abril comenzó la campaña para presentar la declaración de la Renta 2022-2023 por internet y son muchos los que ya han rendido cuentas con Hacienda. Sin embargo, algunos prefieren esperar para hacer la declaración con la ayuda de un trabajador por teléfono o de forma presencial.
Este jueves, 1 de junio, las oficinas de la Agencia Tributaria han empezado a recibir a los primeros contribuyentes que solicitaron cita previa para hacer la declaración de la renta de manera presencial con la ayuda de un funcionario del organismo. El año pasado más de 1,7 millones de contribuyentes confeccionaron du declaración aprovechando los sistemas de asistencia telefónica y profesional. Según los datos de Hacienda, cerca de 650.000 lo hicieron en las oficinas de atención al público de la Agencia Tributara y se espera que los datos de 2023 sean similares.
Declaración de la Renta 2022-2023
Cita previa para la declaración de la renta en oficinas: cómo solicitarla y pasos a seguir
Aquellos que deseen presentar la declaración de forma presencial tendrán que solicitar cita previa hasta el 29 de junio, un día antes de que la campaña llegue a su fin. Sin embargo, no todos podrán escoger este método.
Quiénes no pueden hacer la declaración por teléfono o de forma presencial
Según la información disponible en la página web de la Agencia Tributaria, los contribuyentes que no pueden encomendar la elaboración de su declaración de la renta a los funcionarios de la Agencia y que, por tanto, no pueden presentar la declaración por teléfono o de forma presencial son los siguientes:
- Los contribuyentes con rendimientos del trabajo superiores a los 65.000 euros.
- Los contribuyentes que declaren rendimientos de capital inmobiliario que procedan de más de dos inmuebles alquilados o de más de dos contratos de alquiler.
- Los contribuyentes que declaren rendimientos de actividades económicas por actividad profesional.
- Los contribuyentes que declaren rendimientos de actividades económicas por actividad empresarial en régimen de módulos.
- Los contribuyentes que declaren ganancias o pérdidas patrimoniales por más de dos transmisiones de activos.
- Los contribuyentes que perciban subvenciones por desempeñar una actividad económica en régimen de módulos.
- Los contribuyentes que estén en un régimen de atribución de rentas que superen los límites establecidos para los rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario.
- Los contribuyentes con imputación de rentas en el régimen de transparencia fiscal internacional.
- Los contribuyentes que se apliquen deducciones a unidades familiares con residentes en estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
Eso sí. Que no se pueda realizar la declaración por teléfono o de forma presencial no significa que no se pueda recibir asistencia. La Agencia Tributaria cuenta con un teléfono de asistencia de la Agencia, el asistente virtual, el programa del informador de renta y los paquetes de ayuda disponibles en la web, así como la posibilidad de solicitar una cita presencial para resolver dudas.