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Intel violó el artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Bruselas multa a Intel con 376 millones por abusar de su posición dominante en el mercado de chips

La Comisión Europea revisa la sanción que impuso en 2009 a la compañía americana por más de mil millones de euros tras una sentencia judicial

La Comisión Europea ha vuelto a imponer este viernes una multa de 376,36 millones de euros a Intel por abusar de su posición dominante en el mercado de microchips y saltarse las normas antimonopolio de la UE.

La decisión se remonta a 2009, cuando Bruselas multó a la compañía norteamericana con 1.060 millones de euros tras descubrir que abusaba de su posición dominante en el mercado de CPU x86, pero Intel recurrió a la Justicia europea, que falló en parte a su favor. La Comisión Europea basó sus conclusiones en que la empresa había incurrido en dos prácticas ilegales al conceder descuentos ocultos a fabricantes de ordenadores por incluir sus piezas y al haberles pagado también por ralentizar la producción de la competencia.

Intel recurrió al Tribunal General de la Unión Europea, que anuló el año pasado parte de la decisión de la Comisión, en concreto la relacionada con los descuentos. Según la Justicia, no se podía probar, aunque sí constató el abuso de posición dominante en el mercado y la vulneración de las normas de la Unión Europea.

En el mismo fallo, el Tribunal anuló por completo la multa a Intel ya que se veían incapaces de determinar un importe justo en relación únicamente al abuso de posición dominante. A raíz de esa sentencia, la Comisión ha anunciado este viernes la decisión de volver a multar a Intel con 376 millones de euros únicamente por lo que la Justicia considera probado.

Estas prácticas que dieron lugar al abuso de posición dominante tuvieron lugar entre 2002 y 2006 y consistieron en pagos realizados por Intel a tres fabricantes de ordenadores (HP, Acer y Lenovo) para detener o retrasar el lanzamiento de productos específicos que contenían CPU x86 de la competencia y limitar los canales de venta. disponible para estos productos.

Las infracciones violan el artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, razón por la cual la Comisión ha decidido volver a imponer la multa. El hecho de que sea considerablemente más baja que la última vez se debe a que la Justicia no aceptó parte de las razones y a que, el alcance de la infracción ha disminuido con respecto a hace 14 años.

Esta multa no anula el recurso que presentó la Comisión ante el Tribunal de Justicia de la UE contra el fallo del Tribunal General por la anulación de la primera sanción.