Pensiones
Los mayores de 52 años que pueden solicitar la pensión de orfandad en 2023
El Instituto Nacional de la Seguridad Social impone una serie de condiciones para que los mayores de 52 años cobren hasta más de 800 euros mensuales
La pensión de orfandad es una de las ayudas contributivas que se encuentran bajo la gestión de la Seguridad Social y que va dirigida a los ciudadanos que quedan huérfanos. Generalmente, se piensa que esta compensación económica es para personas jóvenes, pero existen excepciones que permiten sobrepasarse un límite de edad.
Muchas personas con cierta edad abandonan el mercado laboral para cuidar de sus padres y no tuvieron la oportunidad de regresar a su antiguo puesto. Por ello, tal y como recoge la Ley General de la Seguridad Social, esta pensión tiene como principales beneficiarios a los hijos menores de 21 años o hasta los 25, si cursan estudios.
Otros beneficiarios de esta prestación son los mayores de 25 años en una situación de orfandad absoluta y con un grado de discapacidad mínimo del 33%. Sin embargo, las personas entre 52 y 65 años también tienen derecho a ser beneficiarios de la pensión de orfandad. La excepción está permitida a partir de los 45 años y los requisitos son los mismos para ambos.
Requisitos para cobrar la pensión
El Instituto Nacional de la Seguridad Social ha impuesto una serie de condiciones para que los mayores de 52 años cobren hasta más de 800 euros mensuales por la pensión de orfandad. Entre los beneficiarios se encuentran aquellos que tengan entre 45 y 65 años que hayan abandonado su trabajo para cuidar de sus padres o un familiar cercano hasta su fallecimiento.
Las condiciones impuestas por la administración pasan por haber convivido con la persona fallecida durante los dos años previos a su muerte y no tener derecho a ningún otro tipo de pensión. Por último, deben demostrar unas rentas que no superen al Salario Mínimo Interprofesional, actualmente fijado en 1.080 euros.
Cuantía que se recibe
Un pensionista de orfandad tiene derecho a cobrar el 20% de la base reguladora, aunque los porcentajes varían en función de cómo se produjo la muerte del progenitor o adoptante. A pesar de ello, la Seguridad Social permite que haya una cuantía mínima recogida en los Presupuestos Generales del Estado 2023.
Por beneficiario corresponde 239,50 euros, siempre que haya fallecido solo uno de los padres. Aun así, puede llegar a ascender hasta los 832,80 euros cuando sea absoluta y no haya más beneficiarios. Si por algún caso ese 20% de la base reguladora no llega a la cuantía mínima, la Tesorería General de la Seguridad Social incorporaría un complemento a mínimos.