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Un pensionista descansa en un banco de un parque de Madrid.EP

Pensiones

Las seis ventajas a las que pueden acceder pensionistas y jubilados

Los jubilados y pensionistas pueden disfrutar de ciertas ventajas, pero no están exentos de obligaciones para cobrar su prestación

En España, en octubre de 2023 se registraron 10,9 millones de pensiones, un 1,27 % más comparado con el mismo mes del año anterior. En total, el número de pensionistas se eleva hasta los 9,13 millones, siendo la gran mayoría de ellos jubilados. No obstante, a pesar del número de personas que reciben prestaciones de este tipo en nuestro país, pocas conocen realmente cuáles son sus derechos y obligaciones frente a la Seguridad Social.

Una vez que un trabajador por cuenta propia o ajena acredita que cumple con los requisitos necesarios para cobrar la pensión de jubilación o cualquier otra modalidad contributiva que pertenezca a dicho organismo público, pasará a ser beneficiario. Y eso concede una serie de ventajas.

Requisitos pensión de jubilación

Para percibir la pensión de jubilación, en primer lugar, es necesario cumplir con la edad mínima legal: 65 años cuando se han cotizado 37 años y nueve meses o más, o 66 años y cuatro meses. Además, es necesario demostrar que se han cotizado más de 15 años, de los cuales dos deben estar en los 15 años anteriores a la petición.

En el caso de no alcanzar el periodo de cotización mínimo exigido, no se podrá acceder a la pensión contributiva, aunque sí a la pensión no contributiva de jubilación. Se trata de una prestación económica de carácter asistencial que se otorga a aquellas personas que carecen de recursos económicos suficientes para su subsistencia.

Ventajas de pensionistas y jubilados

Percibir una pensión de jubilación significa, además, poder disfrutar de una serie de ventajas:

  • La primera y la más obvia de todas ellas, percibir una cuantía de pensión contributiva en cada mensualidad de forma vitalicia. Los jubilados perciben esta prestación en 14 pagas a lo largo de los 12 meses del año.
  • Recibir asistencia sanitaria gratuita aunque ya no estén cotizando como trabajadores. En este derecho se incluye la asistencia farmacéutica gratuita, aunque no la ambulatoria (en farmacias), en la cual es necesario pagar un porcentaje sobre el precio de venta con unos límites.
  • Disfrutar de los viajes del Imserso ofrecido por el Ministerio de Mayores y Servicios Sociales.
  • Percibir asistencia sanitaria en los desplazamientos mediante la presentación del DNI y la tarjeta sanitaria nacional o europea.
  • Tener otro tipo de asistencia en centros orientados a los servicios de ayuda a domicilio o a los mayores.
  • Percibir un complemento para reducir la brecha de género en aquellos casos en los que se abandonara el mercado laboral antes de tiempo para el cuidado de los hijos. Va destinado tanto a hombres como a mujeres.

Las obligaciones de los jubilados

Eso sí, para disfrutar de estas ventajas los jubilados deben cumplir con una serie de obligaciones, siendo la más imprescindible la de comunicar a la Seguridad Social cualquier cambio que afecte a la situación existente cuando se reconoció la pensión:

  • Cambio de estado civil, nacimientos o defunciones.
  • Inicio en nuevas actividades de trabajo.
  • EL reconocimiento y el cobro de otras pensiones que sean compatibles.
  • Cambios de domicilio.

En el caso de que se cobre complementos por mínimos y se produzca una subida del nivel de rentas incompatibles con este tipo de ayudas, el inicio de actividades laborales cuando haya cónyuge a cargo o el reconocimiento y cobro de otras pensiones, será también necesario comunicarlo a la Seguridad Social.