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Cada entidad puede decidir libremente la cuantía de esta comisiónEuropa Press

Banca

Comisión por mantenimiento de cuenta: este es el máximo que pueden cobrar los bancos

Para poder cobrarla es necesario informar previamente al cliente sobre las condiciones y que este acepte de manera tácita o expresa

La comisión de mantenimiento es de las más frecuentes en las entidades bancarias, ya que se cobra por tener una cuenta corriente independientemente de si se usa o no. De hecho, tal y como establece el Banco de España, esta comisión suele incluir «los ingresos y reintegros en efectivo o disposiciones mediante cheque, adeudos e ingresos de las liquidaciones periódicas de la propia cuenta y la entrega de talonarios de cheques o libretas».

Asimismo, según explican, para poder cobrarla es necesario informar previamente al cliente sobre las condiciones y que este acepte de manera tácita o expresa. Por otro lado, cada entidad puede decidir libremente la cuantía de esta comisión, por lo que no hay un límite máximo establecido por ley (según HelpMyCash, se encuentra en 240 euros anuales).

Por el contrario, los clientes no tendrán que pagar ninguna comisión por mantenimiento o administración de aquellas cuentas que se mantienen por imposición de la entidad, es decir, aquellas que solo se utilizan para dar servicio a los pagos derivados de cualquier operación. Algo parecido ocurre con la cuenta básica de pago, ya que su comisión por mantenimiento está limitada con el fin de garantizar el derecho de todos los ciudadanos a tener una cuenta bancaria.

La comisión de diez euros por realizar este trámite

Tal y como mencionábamos anteriormente, las entidades están obligadas a informar a sus clientes antes de realizar la operación si tendrá o no que pagar este porcentaje adicional. Al mismo tiempo, una de las menos conocidas son los diez euros por operación que las entidades bancarias cobran por el recuento de monedas.

Respecto a ello, el artículo 11 del Reglamento 2169/2005 de la Unión Europea aclara que: «Excepto la autoridad emisora y las personas designadas específicamente por la legislación nacional del Estado miembro emisor, ninguna parte estará obligada a aceptar más de 50 monedas en un único pago». Sin embargo, existen algunas excepciones.

dos excepciones

  • Cuando el banco realice actividades delegadas de caja pública.
  • Sea una necesidad profesional de los comerciantes que necesiten monedas en efectivo para poder realizar su trabajo sin problemas.