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No existe una lista oficial de enfermedades por las que se conceda una pensión por incapacidad permanente

La duración de este subsidio será de seis meses prorrogables hasta un máximo de 18

Pensiones

Este subsidio es el que pueden cobrar las personas que hayan perdido la pensión por incapacidad

La solicitud podrá presentarse en la sede electrónica del SEPE, presencialmente en la oficina de prestación con cita previa, en una oficina de registro público o por correo

El subsidio que se puede solicitar tras perder la pensión de incapacidad puede ser solicitado por las personas que la hayan perdido por una mejora de su situación tras un expediente de revisión. De hecho, va destinado para aquellas que hayan experimentado una mejoría, pasando de una situación de gran invalidez, invalidez permanente absoluta o total para la profesión habitual, a un grado de incapacidad permanente parcial o hayan sido declaradas plenamente capaces.

En este sentido, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece este subsidio que requiere cumplir con una serie de requisitos para poder recibirlo. Entre ellos, destacan estar desempleado e inscribirse como demandante de empleo en un plazo máximo de un mes desde la fecha de la resolución del expediente de revisión de mejoría.

Asimismo, aunque la persona debe permanecer un mes inscrito y suscribir el acuerdo de actividad, también será necesario no haber rechazado ofertas de colocación adecuadas ni haberse negado a participar en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales desde la inscripción, así como carecer de rentas de cualquier naturaleza superiores al 75% del SMI.

La duración será de seis meses prorrogables

Debido a ello, tal y como indica el SEPE, «los requisitos deberán reunirse en el momento del hecho causante y, además, en el de la solicitud del subsidio, así como en el de la solicitud de sus prórrogas o reanudaciones y durante toda la percepción del subsidio». Sin embargo, en el caso de que no se cumpla el último requisito señalado, se podrá obtener igualmente el subsidio «si dentro del plazo de un año desde la fecha del hecho causante, acreditas que lo cumples».

Por otro lado, la duración de este subsidio será de seis meses prorrogables hasta un máximo de 18 y la cuantía será igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, que este año es de 480 euros al mes.

La prestación debe solicitarse «en los 15 días hábiles siguientes a la finalización del mes de inscripción como demandante de empleo. Dispones de 30 días desde la fecha de la declaración de capacidad o incapacidad permanente parcial para inscribirte», aclaran. Finalmente, puede presentarse en la sede electrónica del SEPE, presencialmente en la oficina de prestación con cita previa, en una oficina de registro público o por correo.

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