Consumo amenaza a varias inmobiliarias con multas de hasta 100.000 euros por cobrar comisiones al gestionar un alquiler
El departamento de Pablo Bustinduy recuerda que este tipo de cobros son ilegales
La Dirección General de Consumo, integrada en el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 de Pablo Bustinduy, ha notificado a diferentes mercantiles inmobiliarias dedicadas a la gestión de alquiler de viviendas que no pueden cobrar una comisión por sus servicios a los inquilinos.
Este pago se trataría de una comisión equivalente a un mes de alquiler de la vivienda más un 21 % de IVA, una práctica que está fuera de la ley. Concretamente del artículo 20.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos llevada a cabo por la disposición final primera de Ley 12/2023, de 24 de mayo, de derecho a la vivienda, en la que se determina explícitamente que «los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato serán a cargo del arrendador», aseguran.
Así, Consumo ha informado a estas mercantiles inmobiliarias de que este tipo de cláusulas contractuales o la imposición al arrendatario de cualquier otro cargo de análoga naturaleza podría, caso de constatarse, ser considerado como abusivo a los efectos del artículo 47.1.j) de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU), según ha informado el propio departamento en una nota.
Tal tipo de infracción tiene la calificación de falta grave, llegando a sancionarse con una multa entre 10.001 y 100.000€, pudiéndose sobrepasar esas cantidades hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido, afirman desde la Dirección General de Consumo.