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Declaración de la renta 2023Pixabay

Las deducciones con las que ahorrar miles de euros en la declaración de la Renta 2023

El Ejecutivo central ha puesto en marcha algunos cambios durante 2022 y 2023 que se verán reflejados en la renta que hagamos este año. También afectará una reciente sentencia del Tribunal Supremo

Este 2024 los contribuyentes se enfrentarán a una de las declaraciones de la Renta más largas de los últimos años, por lo que tendrán más días para cumplir con sus obligaciones tributarias. La campaña comenzará el miércoles 3 de abril (ocho días antes que la anterior campaña, que arrancó el día 11) y finalizará el 1 de julio por primera vez, frente al cierre habitual del 30 de junio. Otra fecha importante a tener en cuenta es el 26 de junio puesto que será el último día que podrán presentarse las declaraciones con resultado a ingresar que quieran domiciliarse.

«La declaración de 2023 que haremos este 2024 acarrea cambios sustanciales para la ciudadanía española, pero especialmente para los autónomos. Es importante destacar también que Hacienda tiene 4 años para avisarnos por los errores cometidos en esta campaña, por lo que es importantísimo revisar el borrador, asegurarnos de incluir todas las deducciones a las que tenemos derecho y confirmar que nuestra Renta la presentamos correctamente», explica Enrique García, CEO de TaxDown.

En el ámbito estatal el Ejecutivo central ha puesto en marcha algunos cambios durante 2022 y 2023 que se verán reflejados en la renta que hagamos este año. El Ministerio de Hacienda y Función Pública presentó hace meses un paquete de medidas fiscales «orientado a la justicia social y la eficiencia económica» en el que una de las principales medidas fue la reducción por rendimientos del trabajo sobre sueldos brutos entre 15.000 y 21.000 euros, recuerdan desde TaxDown.

Esta medida supondrá una rebaja para el 50 % de los trabajadores, y conllevará un ahorro de 1.881 millones de euros. También habrá un aumento en la base del ahorro para rentas superiores a 200.000 y 300.000 euros, que pasarán de tributar al 26 % a hacerlo al 27 % y 28 % respectivamente. Además, no estarán obligados a declarar los contribuyentes que perciban rentas del trabajo de más de un pagador si la suma de dichos rendimientos no supera los 15.000 euros a diferencia de los 14.000 euros anteriores.

Autónomos

Por otro lado todos los autónomos que se hayan dado de alta en 2023 estarán obligados a presentar la Renta en 2024 aunque no cumplan los ingresos mínimos. Así ha quedado reflejado en el Real Decreto-ley 13/2022 que establece el nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia.

Hasta la fecha, los autónomos tenían unos límites que determinaban su obligación o no de presentar la declaración anual de IRPF. En el caso de los trabajadores por cuenta propia, sólo tenían que declarar IRPF aquellos que hubieran obtenido unos beneficios superiores a los 1.000 euros anuales. El anterior ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá (ahora ministro de Transformación Digital), ya estimó que había más de 200.000 trabajadores por cuenta propia que no presentaban la declaración de IRPF y que, con el nuevo sistema, pasarán a estar obligados a declarar la Renta.

Vivienda

Si tiene una hipoteca, puede amortizar una cantidad para aprovechar la deducción fiscal por compra de vivienda habitual, como explican desde Rodríguez y Asociados Asesores. Esta deducción es del 15 % de lo pagado para comprar la vivienda, con un límite de 9.040 euros. Si está casado o vive en pareja de hecho y declara por separado, el límite es de 18.080 euros. Ahora bien, debería haberse realizado antes de acabar el año 2023. De hacerse ahora, será válido para la declaración del año próximo. Esta deducción es válida únicamente para aquellos que hubieran adquirido la vivienda o hecho pagos para su construcción antes del 1 de enero de 2013.

Eficiencia energética

También hay deducciones por eficiencia energética. La deducción es del 40 % del coste de las obras realizadas en 2023, con un límite de 9.000 euros.

Planes de pensiones

Igualmente sigue vigente la deducción por invertir en planes de pensiones, aunque se ha ido recortando en los últimos años, como detallan desde la asociación de técnicos de Hacienda, Gestha. Gestha señala que el Gobierno viene desincentivando las aportaciones a planes de previsión individuales, al apostar por los planes de previsión empresariales. En este sentido, recuerdan que la aportación máxima a los planes individuales bajó de 8.000 euros en 2020 a 2.000 euros en 2021 y a 1.500 euros en 2022.

Los técnicos de Hacienda subrayan que el Gobierno viene desincentivando las aportaciones a planes de previsión individuales

No obstante, el límite anterior se puede incrementar en 8.500 euros, cuando dicho aumento provenga de contribuciones empresariales al instrumento de previsión social, o de aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social por importe igual o inferior a unos límites basados en la contribución empresarial, que será distinto en caso de planes sectoriales o planes de pensiones de empleo simplificados. Ello, eso sí, tendría que haberse realizado antes de que acabara 2023.

Familia numerosa

Desde 2015 se contempla una deducción por familia numerosa. El importe máximo es de 1.200 euros anuales, unos 100 euros al mes, con «un incremento del 100 % para familias numerosas de categoría especial». Por otro lado, existe también una deducción por maternidad de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de 3 años o adoptado que dé derecho a la aplicación del mínimo por descendiente. Este año, como novedad, la ayuda tiene carácter universal y es válida para todas las madres, se encuentren o no en situación de desempleo.

Donaciones

En España, las donaciones realizadas a entidades sin ánimo de lucro (ONG, fundaciones, etc.) pueden ser deducibles en la declaración de la renta. El importe de la deducción varía en función de la entidad beneficiaria, pero en general es del 80 % de los primeros 150 euros donados y del 35 % de la cantidad que exceda de esa cantidad.

Novedad: gastos de guardería

Como gran novedad este año en materia de deducciones, el Tribunal Supremo ha extendido la deducción por maternidad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a los gastos de custodia de menores de tres años en guardería, de acuerdo con la sentencia hecha pública recientemente.

En la sentencia dictada el pasado 8 de enero, el Tribunal Supremo ha anulado la decisión de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), que denegó a una madre trabajadora el derecho al incremento de la deducción de maternidad hasta en 1.000 euros adicionales en el IRPF, por los gastos de custodia en guardería de sus hijos menores de tres años.

La sentencia advierte que, en todo caso, las guarderías deberán estar debidamente autorizadas, al igual que los centros de educación infantil para la apertura y funcionamiento de la actividad de custodia de menores, incluida la asistencia, cuidado y alimentación.

Con esta sentencia, el Tribunal Supremo unifica el criterio de los juzgados y tribunales y corrige la interpretación restrictiva de la deducción aplicada por la Administración.

Desde el año 2008 la deducción por maternidad para hijos menores de tres años, que consiste en un importe máximo de 1.200 euros anuales, se incrementó en 1.000 euros anuales más si los progenitores llevaban a sus hijos a una guardería.