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Es posible presentar la declaración de la renta desde el pasado 6 de abrilPixabay

Declaración de la Renta 2023 - 2024

¿Cuántos años debes guardar la declaración de la Renta?

El próximo 3 de abril comienza la campaña para presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio del año 2023

Este 2024 la Agencia Tributaria ha adelantado el comienzo de la campaña para presentar la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio del año anterior. Así, aquellos que deseen realizar este trámite obligatorio por internet podrán hacerlo a partir del próximo 3 de abril. El plazo estará abierto hasta el 1 de julio. Y aunque es un trámite que se realiza cada año, lo cierto es que son muchos los detalles que se les escapan a los ciudadanos. Por ejemplo, la necesidad de conservar el documento validado por Hacienda durante un periodo concreto.

Según explica la Agencia Tributaria, los contribuyentes deben conservar la Renta, así como los documentos y justificantes de los movimientos económicos del año en cuestión durante cuatro años por si te someten a una inspección.

Tal y como recoge la normativa, es necesario contar con estos documentos el plazo máximo de prescripción para presentarlos en caso de ser requeridos por Hacienda. y dicho plazo es cuatro años desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo para presentar la correspondiente declaración.

Este 2024, el plazo para presentar la declaración de la Renta del pasado 2023 finaliza el 1 de julio, por lo que será necesario conservar este documento hasta el 2 de julio de 2028.

Los documentos que debes conservar durante cuatro años

Entre la documentación que es aconsejable guardar para evitar una multa tras una posible inspección de Hacienda encontramos:

  • Los certificados del banco con la información fiscal del individuo
  • Los rendimientos de las inversiones
  • Las aportaciones realizadas a los planes de pensiones
  • Los certificados de retenciones del IRPF que facilita la empresa
  • Certificados de los donativos emitidos por las organizaciones
  • Deducciones del pago de las cuotas de los colegios profesionales
  • Deducciones de los gastos escolares.