«No gracias, no estoy tan desesperado», la angustia de un fijo discontinuo por la inestabilidad de su contrato
Un fijo discontinuo se negó por WhatsApp a acudir a su puesto de trabajo y el Supremo aceptó esta comunicación como renuncia
Los contratos fijos discontinuos se han convertido en la mejor baza de Yolanda Díaz para maquillar los datos del paro en los últimos años. Se trata de contar como activos a estos trabajadores y, por lo tanto, reducir las cifras de desempleo.
El truco es que los cambios de la reforma laboral de Yolanda Díaz a finales de 2022 dio lugar a un trasvase de contratos temporales a fijos discontinuos. Esto derivó en que los fijos discontinuos, cuando están inactivos, no figuran en las estadísticas de paro alteren las cifras. El ministerio no acaba de dar una cifra de datos precisa y las cifras bailan entre los 440.000 que desveló Díaz por primera vez, a los 55.300 a los que los redujo días después. Todo ello salpicado con la cifra del SEPE de 149.655 empleados con un contrato fijo discontinuo inactivo que estaban cobrando el desempleo a cierre de febrero.
El SEPE asegura que hay casi 150.000 fijos discontinuos cobrando desempleo
Un caso dramático de estos contratos con los que juega la vicepresidenta del Gobierno es la de un empleado con contrato fijo discontinuo al que la inestabilidad de su modelo laboral le llevó a autodespedirse de su empresa por WhatsApp sin saberlo.
«No contéis conmigo»
Según la sentencia del Tribunal Supremo y, previamente, del Tribunal Superior de Justicia de Galicia el mensaje que envió por WhatsApp en septiembre de 2021 fue una prueba tácita de su dimisión.
«No gracias, la verdad es que después de dos años nadie se dignó a hablar conmigo, a informarme de mi situación en la empresa, ¿y me venís un viernes avisándome que el lunes vaya a trabajar una semana y media de contrato? No, gracias, no estoy tan desesperado. Con todo el respeto del mundo, el lunes no contéis conmigo».
Todo se remonta a 2017 cuando este oficial de tercera de mantenimiento eléctrico y fontanería firma un contrato como fijo discontinuo. Su relación con la empresa gallega que le contrataba era normal hasta 2020 cuando tuvo que lanzar un ERTE. El empleado presentó una reclamación de conciliación por despido pero fue rechazada porque la empresa estaba en ERTE y la relación laboral existía.
En septiembre de 2021, un viernes, la empresa envía un WhatsApp al empleado para que se incorpore el lunes
En septiembre de 2021, un viernes, la empresa envía un WhatsApp al empleado para que se incorpore el lunes a lo que responde con la negativa citada anteriormente. En ese momento la empresa deja de contar con el trabajador y este decide ir a juicio por despido improcedente por infringir el artículo 16.3 del Estatuto de los Trabajadores por no haberle convocado durante 2022 «en orden y la forma que se determine en los convenios colectivos».
Según la sentencia del TSJ de Galicia, en el contrato se recoge explícitamente que «era para periodos temporales en función de las necesidades», y que «en otras ocasiones también había trabajado durante tiempos breves y no protestó ni presentó ninguna reclamación».
El alto tribunal gallego se acoge a la sentencia del 2000 del Tribunal Supremo que considera las comunicaciones por WhatsApp como «un vehículo válido y comprobable para establecer comunicaciones entre empleado y empresa, y que la dimisión puede manifestarse de forma expresa o de manera tácita mediante signos escritos u orales dirigidos al empresario (mensajes de voz y texto)».