Declaración de la Renta 2023 - 2024
¿Hasta qué fecha puedes presentar la declaración de la Renta y cuándo se cobra si sale a devolver?
El pasado 3 de abril se abrió el plazo para presentar la declaración de la Renta
Ha llegado el momento de rendir cuentas con Hacienda. Desde el pasado 3 de abril, todos los contribuyentes que cumplan con los requisitos establecidos por la Agencia Tributaria deben presentar la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio del pasado 2023. El resultado obtenido determinará si tenemos que hacer un ingreso a Hacienda, ya que hemos percibido más de lo que nos correspondía, o si, por el contrario, recibiremos una devolución.
El plazo queda abierto hasta el 1 de julio de 2024. A partir de esta última fecha la Agencia Tributaria dispone de seis meses para realizar la devolución de la Renta. De este modo, el mes de diciembre, concretamente el mismo día 31, es el último del que dispone el organismo público para hacer las devoluciones correspondientes a los contribuyentes.
Declaración de la Renta 2023-2024
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No obstante, cabe subrayar que si se ha presentado la declaración fuera de plazo, Hacienda contará con seis meses para realizar la devolución, los cuales comienzan a contar desde el mismo día en el que se presenta el IRPF.
El contribuyente recibirá la cuantía que se le debe mediante transferencia bancaria al número de cuenta indicado previamente en el documento de ingreso o devolución y en el pago debe aparecer como concepto 'Agencia Estatal de la Administración Tributaria'.
La devolución de la Renta
Para que la devolución se tramite correctamente es importante completar el modelo 100, el documento que permite presentar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Puedes consultar el estado de la devolución a través de Renta WEB, el servicio de tramitación del borrador / declaración de la Hacienda Tributaria. Para acceder es necesario identificarse a través de certificado electrónico, DNI electrónico o cl@ve PIN.
En caso de que la devolución se demore más de lo debido, la Agencia Tributaria se hará cargo de los intereses de demora establecidos en los Presupuestos Generales del Estado.