Cómo modificar una declaración de la renta ya presentada
Entre esos errores puede estar la declaración indebida de alguna renta exenta o el cómputo de importes con cuantía superior a la debida u olvido de alguna reducción o deducción a la que tenías derecho
La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2023 arrancó el pasado miércoles 3 de abril con la presentación de las declaraciones por Internet. Se extenderá hasta el 1 de julio de 2024, un día más de lo que suele ser habitual, ya que el 30 de junio cae este año en domingo. Y un año más las mismas dudas se repiten. Entre ellas, la de cómo modificar una declaración de la renta ya presentada.
Según explican desde la propia Agencia Tributaria, si tras presentar la declaración de Renta 2022 el contribuyente considera que la declaración contiene errores u omisiones en los datos declarados «es posible solicitar la rectificación de tu autoliquidación accediendo nuevamente a tu expediente de Renta y marcando la casilla 127 de solicitud de rectificación».
Entre esos errores, precisa el fisco, puede estar la declaración indebida de alguna renta exenta o el cómputo de importes con cuantía superior a la debida u olvido de alguna reducción o deducción a la que tenías derecho. También se utilizará esta opción si necesitas informar de un dato que no afecta al resultado de la declaración.
Cuándo corresponde una complementaria
Por otro lado, si los errores u omisiones en declaraciones ya presentadas han motivado la realización de un ingreso inferior al que legalmente hubiera correspondido o la realización de una devolución superior a la procedente, deben regularizarse mediante la presentación a través de Renta WEB de una declaración complementaria a la originalmente presentada.
Para acceder a la modificación de la declaración presentada se puede acceder a través del apartado «Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta WEB)» o desde la opción «Modificación de una declaración ya presentada», ambas disponibles en la página de gestiones del IRPF y del modelo 100 en la sede electrónica. El acceso requiere de identificarse con certificado electrónico, DNIe, sistema Cl@ave o referencia, como detallan desde la Agencia Tributaria.