Declaración de la Renta 2023
Trucos y consejos si aún no has hecho la declaración de la renta
Este año hay pequeños cambios que los contribuyentes deben conocer para beneficiarse de algunas deducciones importantes
A la hora de comenzar a hacer la Declaración de Renta correspondiente a 2023, es importante tener en cuenta una serie de consejos que pueden ayudar a realizar este proceso con seguridad y a comprobar si corresponden algunas de las nuevas deducciones.
El Consejo General de Economistas de España (CGE) ha incluido en su informe una serie de recomendaciones para elaborar la declaración de la Renta.
- Revisar los datos fiscales proporcionados por la Agencia Tributaria antes de confirmar el borrador de la declaración: hay que prestar especial atención a las circunstancias personales y familiares, el estado civil, el nacimiento y números de hijos, y el lugar de residencia, especialmente si han cambiado durante el año 2023.
- El contribuyente debe comprobar si está o no obligado a presentar la declaración del impuesto: dependerá del tipo de rentas que perciba y de su cuantía.
Si percibe rendimientos del trabajo, estará obligado a declarar si cobra más de 22.000 euros brutos de un solo pagador, o más de 15.000 euros si las rentas proceden de varios pagadores, salvo que la suma de las rentas obtenidas por el segundo pagador y restantes, por orden de cuantía, no superen en conjunto 1.500 euros.
- Las personas titulares del ingreso mínimo vital y las personas integrantes de la unidad de convivencia siempre están obligadas a presentar la declaración, aunque el ingreso esté exento.
- Si la Administración ha abonado intereses de demora al efectuar una devolución de ingresos indebidos deberá de tributar por ellos al constituir una ganancia patrimonial que tributa en la renta general.
- Si el contribuyente ha sufrido un despido improcedente en 2023, y la indemnización no supera lo estipulado en el Estatuto de los Trabajadores, en principio, la indemnización percibida, hasta 180.000 euros, estará exenta, pero esto no será así si se puede apreciar que ha existido un pacto entre la empresa y el trabajador.
Las personas titulares del ingreso mínimo vital están obligadas a presentar la declaración
- Si en 2023 se vendió la vivienda habitual, la ganancia patrimonial puede quedar exenta si se reinvierte el importe obtenido en la compra de una nueva vivienda habitual. Si todavía no ha comprado una nueva, pero tiene intención de hacerlo, el contribuyente dispone de dos años para reinvertido y que deberá, en su declaración de este año, indicar su compromiso de adquirir una nueva vivienda en ese plazo, a efectos de beneficiarse de la exención. El coste de la nueva vivienda puede sufragares con financiación ajena.
El cónyuge separado o divorciado que sigue siendo propietario de la vivienda que habitan el otro cónyuge y sus hijos no ha de imputar renta inmobiliaria por la misma. Además, si la adquirió antes del año 2013 y sigue pagando préstamo hipotecario, podrá deducir por vivienda habitual.
- Si durante 2023 se tuvo que trasladar la residencia a otro municipio por motivos de trabajo, el ciudadano se podrá aplicar un gasto adicional de 2.000 euros por movilidad geográfica. Es necesario que antes de aceptar el trabajo que motiva el cambio de residencia el contribuyente estuviera desempleado e inscrito en la oficina de empleo.
El cotitular de una cuenta bancaria que no genera los ingresos no debe imputar ningún rendimiento del capital mobiliario
- El cotitular de una cuenta bancaria que no genera los ingresos que nutren el saldo de esa cuenta no debe imputar ningún rendimiento del capital mobiliario. Esto sucederá aunque en los datos fiscales la Administración atribuya a cada titular la mitad de los rendimientos.
- Calificaciones por impartir cursos, conferencias o seminarios: puede que el pagador las calificara como rendimientos de actividades profesionales y sean rendimientos del trabajo o viceversa.
- Coche eléctrico: se introduce una deducción del 15 % del valor de adquisición de un vehículo eléctrico, con el límite de 20.000 euros, cuando la compra del mismo se produzca entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024.