El Tribunal de Cuentas avala el papel de la SEPI en el rescate de empresas en pandemia
Empresas turísticas, aerolíneas como Plus Ultra y firmas industriales fueron las principales beneficiarias del fondo de rescate
El Tribunal de Cuentas ha concluido que la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) se ajustó a la normativa en la tramitación de los 3.256 millones de euros que concedió en la pandemia para rescatar a empresas cuyo negocio se vio afectado por esta excepcional circunstancia.
Así se desprende del informe de fiscalización de la actuación de la SEPI en el procedimiento de aprobación de operaciones de respaldo público temporal del fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas, que se desarrolló para combatir los efectos de la crisis del Covid-19 entre 2020 y 2022.
Según la fiscalización, las ayudas se concedieron a tenor de 13 criterios de elegibilidad prefijados por la Comisión Europea, y la institución pública aplicó «adecuadamente» la normativa en cuanto al cumplimiento de estos requisitos y a sus condiciones de financiación.
Solo se usó el 27 % de los 10.000 millones
El fondo de apoyo contaba con un presupuesto total de 10.000 millones de euros y recibió 74 solicitudes de apoyo financiero temporal por importe de 5.393 millones, el 53% del importe total.
Finalmente, el total de operaciones aprobadas ascendió a 3.256 millones, el 32,5% de la dotación del fondo, pero en el proceso cayeron dos proyectos y la cifra definitiva que se desembolsó fue de 2.681 millones (el 27% de lo ofertado). Esos préstamos deberán ser reintegrados hasta 2029.
De las 30 empresas beneficiarias, doce eran empresas turísticas, siete industriales, cinco del sector de ingeniería, cinco líneas aéreas y una del sector servicios. La cuantía media de las ayudas solicitadas fue de 72,8 millones de euros, de lo que se deduce que «en su mayoría, las empresas de gran tamaño no recurrieron a este apoyo financiero».
Aunque el Tribunal de Cuentas no detalla los nombres de las empresas beneficiarias por la legislación de protección de datos, en su día el Consejo de Ministros autorizó el apoyo público temporal con cargo al Fondo a Air Europa, Ávoris Corporación Empresarial, Plus Ultra Líneas Aéreas, Duro Felguera, Tubos Reunidos, Rugui Steel, Hotusa, Grupo Airtificial, Grupo Serhs y Reinosa Forgings & Castings, Grupo Losán, Grupo Soho Boutique Hoteles, Grupo Abades, Técnicas Reunidas, Grupo Wamos, Eurodivisas S.A, Grupo Ferroatlántica S.A.U, Grupo Inversor Hesperia (Gihsa), Grupo Abba, Grupo Juli, Grupo Mediterránea, Air Nostrum, Volotea, Vicinay, Celsa España, Isastur, Vivanta, Imasa, Meeting Point, y Blue Sea.
Las 30 empresas con apoyo temporal asignado daban empleo, a fecha de 2019, a casi 62.000 trabajadores y facturaban en esa fecha un total de 20.248 millones de euros, «lo que indica el valor que aportan dichas empresas al tejido económico español».
El calendario de pagos previsto hasta la finalización de la vigencia del Fondo tiene en cuenta la capacidad de recuperación de las empresas. Así, será a partir de 2026 y hasta 2029, cuando se produzca el grueso del reembolso de las ayudas concedidas.
El informe concluye que SEPI elaboró un procedimiento para tramitar las solicitudes «ajustado a la normativa y garantista» para la valoración de las solicitudes y, para ello, se apoyó en la contratación de asesores externos tal y como estaba previsto en la normativa reguladora del fondo de apoyo.
El tiempo medio de tramitación de las solicitudes de ayuda fue de 355 días, una demora que se explica por «la complejidad de las condiciones de elegibilidad exigidas y del procedimiento establecido por SEPI para su comprobación». En cualquier caso, el Tribunal concluye que, en cualquier caso, en la tramitación de las solicitudes, SEPI aplicó los procedimientos «de forma no discriminatoria».
Costes de 23,3 millones
Los costes de gestión del fondo de apoyo a las empresas ascendieron a 23,3 millones de euros, de los que 14,2 millones fueron costes generales y de personal de SEPI. Esos gastos se imputaron al fondo de apoyo en virtud de la habilitación legal para ello, aunque el Tribunal de Cuentas indica que para su cálculo SEPI no aplicó un «procedimiento razonable fundamentado en datos y criterios objetivos».
El organismo fiscalizador recomienda que se apruebe una normativa que regule con claridad las decisiones a adoptar por el fondo de apoyo en el seguimiento de las operaciones de financiación y que SEPI elabore un procedimiento que le permita realizar una imputación de costes al fondo en virtud de criterios técnicos y objetivos.