El Supremo declara ilegal el tramo autonómico del impuesto sobre los carburantes y obligará a devolver 6.000 millones
La decisión llega tras tumbarlo previamente la Justicia europea
El Tribunal Supremo ha declarado ilegal el tramo autonómico del impuesto sobre los carburantes, y en tres sentencias de julio de este año, a las que ha tenido acceso EFE, indica quién puede reclamar a Hacienda y las vías para solicitar una indemnización por los perjuicios derivados de su aplicación. Dicha decisión abre la puerta a devolver hasta 6.000 millones de euros, según adelanta Expansión.
En una nota, el alto tribunal se remite también a una sentencia del pasado 20 de septiembre que indicaba que el derecho de la Unión Europea (UE) se opone al tipo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos, y que los obligados tributarios a quienes se les hubiera repercutido dicho tributo tienen derecho a la devolución de las cantidades que, por tal concepto, hubieran soportado indebidamente.
Entre 2013 y 2018, la ley de Impuestos Especiales permitió a las comunidades autónomas establecer un tipo impositivo autonómico, posibilitando un gravamen diferenciado según el lugar donde se consumía el producto sometido a imposición, lo que generó múltiples dudas.
En mayo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ya declaró el tramo autonómico del impuesto sobre hidrocarburos que estuvo en vigor en España entre 2013 y 2018. De esta manera, Hacienda tendrá que hacer frente a devoluciones millonarias de dinero.
En la sentencia se establecía que la legislación comunitaria «se opone a una normativa nacional que autoriza a regiones o comunidades autónomas a establecer tipos del impuesto especial diferenciados para un mismo producto y un mismo uso en función del territorio en que se consuma fuera de los casos previstos a tal efecto».
El Supremo reconoce ahora la legitimación a los que abonaron la tasa para solicitar a la Administración la devolución de los ingresos indebidos, derivados de un tributo contrario al Derecho de la UE, a través de la rectificación de las correspondientes autoliquidaciones.
Los tribunales de instancia examinarán las reclamaciones
Es la comunidad autónoma la que debe devolver estos importes, señala el Supremo, aunque no fuera la destinataria final de esos importes, sin perjuicio de los ajustes internos entre el Estado y las comunidades autónomas.
Los consumidores de carburantes no pueden solicitar a Hacienda la parte correspondiente que han abonado de este impuesto ahora declarado ilegal, añade el Supremo, ya que existen otras vías para reclamar, directamente al proveedor o al Estado, por la aplicación de una ley contraria al Derecho de la UE.
A partir de ahora, serán los tribunales de instancia los que examinen las reclamaciones que tengan en cuenta la prescripción, la cuantía de los importes repercutidos y la traslación directa de todo o parte del importe del tributo sobre terceros, ya que resulta excesivamente compleja la devolución «imperativa» del tributo indebidamente abonado.