Fundado en 1910

La ministra de quien dependen las cuestiones energéticas, Teresa Ribera.Europa Press

Tribunales

Una Corte británica tumba el segundo intento de impago del Gobierno de 101 millones en primas a las renovables

La Justicia inglesa ha reconfirmado, en segunda instancia, el pleito instado contra España por una de las principales empresas perjudicadas en la reforma retroactiva del sistema de bonificaciones diseñado, en nuestro país, para las inversiones en energías limpias

El Tribunal de Apelación de Reino Unido ha fallado, por segunda vez, en contra de España, en el caso Antin (Infrastructure Services Luxembourg S.à.r.l. y Energía Termosolar B.V.), desestimando el recurso del Gobierno contra una decisión anterior de la Justicia británica, emitida en 2023, en virtud de la cual se obliga a España a pagar una indemnización de 101 millones de euros a los demandantes, en cumplimiento del laudo arbitral emitido por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), del Banco Mundial, que juzgó el caso bajo la cobertura del Tratado de la Carta de la Energía (TCE) del que España era firmante.

La resolución original, dictada en 2019 de manera firme, condenó ordenó a España a indemnizar a las empresas demandantes, ambas vinculadas al sector de las energías renovables, por los daños causados a raíz de los cambios retroactivos que sufrió el régimen de primas e incentivos concedidos por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero.

De hecho, éste caso es uno de los más de 25 asuntos sobre la materia que han sido dirimidos en los tribunales internacionales de arbitraje entre los inversores y el Gobierno socialista de Pedro Sánchez que, en una estrategia por el momento desfavorable, han resultado en el reconocimiento de indemnizaciones por valor total de hasta de 1.560 millones de euros.

Una cifra a la que hay que sumar cerca de 325 millones de euros más de sobrecostes judiciales o financieros por la negativa del actual Ejecutivo a cumplir con sus obligaciones hacia los inversores que, durante la etapa de Rodríguez Zapatero decidieron apostar por nuestro país para instalar sus plantas de energías limpias, atraídos por la alta rentabilidad en el retorno del negocio.

En esta última apelación, España argumentó que el laudo arbitral debía ser anulado por razones de inmunidad soberana, apoyándose en decisiones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que sostienen que el arbitraje entre estados miembros de la UE bajo el TCE es incompatible con el derecho de la Unión. Sin embargo, el Tribunal de Apelación de Reino Unido rechaza esta argumentación, citando decisiones previas, y reafirma que los laudos emitidos bajo el sistema del CIADI son vinculantes y deben ser reconocidos y ejecutados por los países vinculados a dicho acuerdo de arbitraje.

Los intentos de España por cuestionar la validez del laudo arbitral carecen de fundamento legal, de acuerdo con el último varapalo del Tribunal de Apelación de Reino Unido

Esta sentencia refuerza el compromiso del Reino Unido con el cumplimiento de las obligaciones internacionales derivadas del Convenio del CIADI, que establece un marco legal para la resolución de disputas entre inversores extranjeros y estados.

Además, el fallo confirma la responsabilidad de España a la hora de asumir el pago de la compensación y confirma la ejecución de la sentencia a través del embargo de bienes, que se pueden practicar salvo en el caso de activos sujetos a protección especial por inmunidad soberana.

La lista de las distintas empresas afectadas por la retirada retroactiva de las primas renovables incluye a gigantes del sector como NextEra, EDF, E.ON… El laudo del llamado ‘caso Antin’, al que alude el fallo que ahora se publica, lleva aparejado el pago de más de 100 millones de euros como compensación por el daño que causaron las modificaciones decretadas por España en la remuneración de las energías renovables.

La decisión de la justicia británica critica que «los argumentos presentados por España invitan a desviarnos del significado ordinario de las palabras utilizadas en la Convención y a subvertir en lugar de aplicar su objeto y propósito». De esta forma, los tribunales de las islas dejan claro que los intentos de España por cuestionar la validez del laudo arbitral carecen de fundamento legal.

En 2023 y 2024, las empresas afectadas han reclamado el embargo de distintos bienes del Reino de España, como medida de protección ante los impago de los laudos. Los tribunales de Estados Unidos, Australia, Bélgica y Reino Unido han fallado a favor de los inversores y, en el caso de la justicia belga y de la magistratura británica, ya han autorizado la congelación de distintos activos financieros e inmobiliarios, caso de tres edificios radicados en Londres (entre ellos, la sede del Instituto Cervantes), cuatro cuentas bancarias, el derecho de cobro de la indemnización por la catástrofe del Prestige o los pagos mensuales de Eurocontrol a Enaire.