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Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta

Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria

El curioso motivo por el que un hombre se libró de una deuda de 12.000 euros con Hacienda

El repartidor intentó tres veces entregar estos avisos, pero los hizo en el mismo domicilio y en la misma franja horaria, algo que «llama la atención» a los magistrados

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha emitido recientemente una sentencia que anula las deudas de más de 12.000 euros de un contribuyente con la Delegación Especial de Galicia, adscrita a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). De hecho, la decisión se fundamenta en que las providencias de apremio fueron notificadas de forma incorrecta.

En este contexto, el problema radica en las actuaciones del repartidor de Correos, quien intentó entregar los avisos en tres ocasiones, pero siempre en el mismo domicilio y durante la misma franja horaria. Por ello, este hecho ha sido destacado por los magistrados, quienes subrayan que esta práctica «llama la atención».

Asimismo, el empleado de Correos señaló que, en algunos casos, el destinatario figuraba como ausente, mientras que, en la mayoría de las ocasiones, aparecía registrado como desconocido. Todos estos detalles han sido de ayuda para el afectado, ya que, tal y como explica, «un mismo domicilio no puede considerarse, al mismo tiempo, desconocido y conocido, con el destinatario ausente».

Por otro lado, otro detalle a tener en cuenta es que la AEAT ya sabía desde 2013 que el actor figuraba como desconocido en el domicilio señalado, pero continuó realizando las notificaciones en él.

«En definitiva, no considerándose correctamente notificadas las providencias de apremio no son tampoco conformes a derecho las actuaciones de recaudación encaminadas a su ejecución, y entre ellas la diligencia de embargo objeto del presente recurso, produciéndose la prescripción del derecho a exigir las deudas para cuya recaudación fueron dictadas teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde que se intentó su notificación», explican los jueces, que acaban zanjando que «el recurso ha de ser estimado totalmente».

El procedimiento de apremio

Posteriormente, se inicia el procedimiento de apremio, que es una herramienta utilizada por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) para asegurar el cobro de deudas tributarias no satisfechas en el período voluntario de pago. No obstante, si el plazo otorgado expira sin que se haya efectuado el pago, la Administración tributaria tiene la facultad de ejecutar las garantías presentadas por el contribuyente.

el procedimiento puede concluir de tres maneras

  • Mediante el pago de la deuda.
  • Por un acuerdo que declare el crédito total o parcialmente incobrable tras haberse declarado fallidos todos los obligados al pago.
  • Por cualquier otra causa que extinga la deuda.

Finalmente, la notificación correspondiente puede realizarse a través de diferentes canales, como las oficinas de la AEAT, oficinas de correos y otros lugares contemplados en la Ley 39/2015.

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