El Gobierno aprueba el nuevo «permiso climático»: hasta cuatro días de ausencia al trabajo por catástrofes
Los convenios colectivos tendrán que adoptar planes preventivos y los representantes sindicales podrán acordar paralizar la actividad
El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Trabajo, ha aprobado este jueves un Real Decreto-ley con medidas en materia laboral y de prevención de riesgos relacionados con el cambio climático y catástrofes.
La norma contempla la modificación del Estatuto de los Trabajadores para incluir un nuevo permiso retribuido, el llamado «permiso climático», que blinda el derecho de los trabajadores a no acudir al trabajo en caso de catástrofes o alertas climáticos.
En concreto, los trabajadores dispondrán de permisos remunerados de hasta cuatro días por imposibilidad de acceder al centro de trabajo o transitar por las vías de circulación necesarias para acceder al mismo, como consecuencia de las recomendaciones, limitaciones o prohibiciones al desplazamiento establecidas por las autoridades competentes, así como cuando concurra una situación de riesgo grave e inminente, incluidas las derivadas de una catástrofe o fenómeno meteorológico adverso.
La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha explicado este jueves que a partir de esos cuatro días las empresas podrán ubicar a esos trabajadores en un ERTE o prorrogar el permiso, contribuyendo a sufragarlo. «Por tanto, por primera vez en España, siguiendo el modelo de Canadá, vamos a tener permisos auténticamente climáticos», ha subrayado Díaz.
La empresa podrá establecer el trabajo a distancia en el marco de la Ley 10/2021 si su actividad lo permite.
La ministra ha precisado que estos permisos que se incorporan a la legislación permitirán a los trabajadores no acudir a su puesto de trabajo por razones de emergencia climática, como se ha hecho provisionalmente con los trabajadores afectados por la DANA de finales de octubre.
Durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el titular de Economía, Carlos Cuerpo, ha dejado claro que «estos permisos climáticos» serán posibles cuando no se pueda acudir físicamente al trabajo y no se pueda trabajar a distancia.
«Aquí lo que tenemos es una casuística bien recogida de las causas que pueden dar lugar a estos permisos climáticos y que tienen que ver con la imposibilidad de acudir físicamente al trabajo. Se le da también un rol particularmente importante a los representantes de los trabajadores a la hora de ser capaces de identificar estas casuísticas. Y tiene que darse la característica conjunta de que no se puede realizar el trabajo de manera remota», ha apuntado Cuerpo.
Díaz, por su parte, ha subrayado que, con esta norma, los trabajadores quedarán protegidos frente a incumplimientos o la denegación de estos permisos climáticos. «Ninguna persona podrá sufrir perjuicio alguno por la adopción de estas medidas. La Inspección de Trabajo está para ello», ha recordado la ministra.
Será obligatorio para todos los convenios colectivos negociar protocolos de actuación que recojan medidas de prevención de riesgos laborales frente a catástrofes y fenómenos meteorológicos adversos.
Ante riesgos graves e inminentes, la empresa estará obligada a informar lo antes posible de las medidas a adoptar y dar instrucciones para interrumpir la actividad, que quedará suspendida hasta que remita el peligro.