
La vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero
Hacienda aboga por no eliminar la tributación conjunta en el IRPF
Este régimen ahorra hasta 1.700 euros a los matrimonios en los que uno de los cónyuges no trabaja
Hacienda no tiene oficialmente sobre la mesa eliminar la opción de suprimir la tributación conjunta en el IRPF. La eliminación de esta figura se barajó en 2021, cuando el Ejecutivo la incluyó en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia remitido a Bruselas. Posteriormente, en plena carrera electoral en Madrid, el ministerio de María Jesús Montero precisó que únicamente se iba a «evaluar la medida sin incrementar la carga fiscal de las familias».
El debate sobre su posible supresión ha resucitado estos días al calor de la reforma tributaria comprometida con Bruselas, cifrada en unos 4.500 millones de euros. Fuentes de Hacienda, no obstante, descartan que se esté planteando poner fin a este régimen, que beneficia especialmente a los matrimonios con hijos en los cuales uno de los cónyuges no trabaja.
Una eventual supresión permitiría incrementar en unos 2.100 millones la recaudación fiscal. No obstante, la 'mini' reforma fiscal pactada por el Gobierno con sus socios en el marco del paquete fiscal a las multinacionales ya permitiría elevar la recaudación en unos 8.800 millones de euros, según una estimación, cerrando así esta brecha. Ello a la espera, además, de si el Gobierno logra atar el nuevo impuesto a las empresas energéticas comprometido con sus socios de izquierdas.
«No es momento de suprimir la tributación conjunta», considera Agustín Fernández, presidente del Registro de Economistas y Asesores Fiscales, Reaf. «Supondría un perjuicio para todos los matrimonios en los que alguno de los cónyuges no obtiene rentas, y para las familias monoparentales».La desaparición de este régimen supondría un perjuicio para todos los matrimonios en los que alguno de los cónyuges no obtiene rentas, y para las familias monoparentales
La tributación conjunta ha sido puesta en cuestión por organismos como la AIReF, que llegó a avisar en un informe de que «podría tener efectos sobre la oferta de trabajo de los integrantes de la unidad familiar desincentivando la participación en el mercado de trabajo de uno de los integrantes del hogar». Su desaparición, no obstante, supondría un duro golpe para muchos hogares vulnerables.
Hasta 1.742 euros de ahorro
Para un matrimonio sin hijos con un cónyuge sin rentas, la desaparición de este régimen supondría pasar a pagar 886,95 euros más; una cantidad que se eleva hasta los 1.742,50 euros para un matrimonio con dos hijos y unos ingresos para uno de los cónyuges de 60.000 euros anuales. Por su parte, un padre o madre soltero con dos hijos y un salario de 40.000 euros anuales tendría que pagar al fisco 659,84 euros más.
Este régimen tributario era obligatorio desde 1978 a 1988, si bien ese año una sentencia del Tribunal Constitucional la declaró inconstitucional, al tildarla de discriminatoria, dado que penaliza a los matrimonios en los cuales ambos cónyuges perciben ingresos.
A partir de 1991, la tributación es individual con opción a hacerla conjunta, con un sistema de doble tarifa hasta 1998, y desde ese año hasta 2007, mediante un sistema de incrementos en el mínimo personal. La configuración actual del beneficio como reducción en la base se aplica desde 2007.