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Los concursos de acreedores han aumentado exponencialmente.EP

La Ley de Segunda Oportunidad dispara los concursos de acreedores de particulares

Aunque es una herramienta fundamental para que muchas personas salgan adelante, los expertos también alertan de los riesgos que conlleva

Los procesos concursales se han disparado en los meses con casi 10.000 casos en el tercer trimestre de este año, un incremento del 142,6 % respecto al mismo periodo de 2023 provocado por las modificaciones en la Ley de Segunda Oportunidad.

Los datos del Colegio de Registradores son preocupantes, en los dos últimos años, el número de concursos de acreedores ha crecido exponencialmente hasta situarse en los 9.833 entre julio y septiembre de este año. Este crecimiento se ha producido por el incremento de personas físicas, que ya suponen el 87 % del total

Este alto porcentaje responde al aumento de casos de particulares que se acogen a la Ley de Segunda Oportunidad. Esta norma permite la exoneración del pasivo insatisfecho, esto es, de las deudas que una persona haya contraído con acreedores privados, Hacienda o la Seguridad Social.

«Esta ley se erige como una herramienta destinada a personas físicas que cumplan ciertos requisitos, como actuar de buena fe y no estar en una situación de endeudamiento extremo», explican desde Asoban Abogados.

Estas personas pueden solicitar al juez la liberación de sus deudas a cambio de liquidar todos sus activos, es decir, convertir sus bienes en efectivo para pagar a los acreedores hasta donde sea posible y así poder empezar de nuevo.

Aprobada en febrero de 2015, la norma fue modificada en 2022 para reducir la lista de requisitos previos, los tiempos y los trámites, así como se amplió el ámbito de deudas susceptibles de ser exoneradas y se flexibilizó el plan de pagos para adaptarlo a la situación real de los deudores, en plena recuperación postpandemia. Desde entonces, el número de particulares que se han acogido a la ley no ha dejado de crecer.

Desde Asoban comenta que, además, se agilizó el procedimiento concursal para que los particulares pudieran acogerse a esta ley sin necesidad de asumir grandes costes y, «lo más importante», con mayor protección de la vivienda habitual para permitir que, bajo ciertas condiciones, «esta no sea liquidad durante el proceso de exoneración».

Este despacho pone el caso de una hostelera de origen rumano que recientemente ha logrado liberarse de una deuda de casi 65.000 euros gracias a la medida. Esta mujer, que llegó a España hace 20 años, invirtió todos sus ahorros a finales de 2019 para abrir un bar en Benidorm. Sin embargo, la llegada de la pandemia en marzo de 2020 obligó a cerrar el local mientras las facturas del alquiler, del agua y de la luz —con neveras de tamaño industrial— no paraban de crecer.

Finalmente tuvo que cerrar, ya que las restricciones de aforo y horarios redujeron al mínimo su clientela. A finales de 2023, y asfixiada por unas deudas que ascendían a casi 65.000 euros, esta mujer se puso en contacto con el despacho, que ha conseguido exonerar ese pasivo al considerar «la insuficiencia de masa activa al tiempo de declaración del concurso».

Causas no siempre justas

Sin embargo, esta ley también tiene sus sombras. El profesor de Derecho Mercantil de la Universidad CEU Abad Oliva, Sebastián Sastre, alertaba hace unas semanas durante un acto en la Academia de Jurisprudencia y Legislación de Cataluña, que el actual modelo «penaliza a los emprendedores al incluir causas de exclusión de la exoneración que no siempre son justas, mientras que los consumidores pueden acceder a la exoneración con mayor facilidad, incluso en casos de comportamiento irresponsable».

Asimismo, destacó los intentos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea para evaluar la exclusión de la exoneración de deudas, considerando que podría «alterar» la calificación al dar preferencia a los públicos y limitar la exoneración a un máximo de 10.000 euros, lo que podría afectar negativamente a los emprendedores, «que son el objetivo de la directiva que busca facilitar su segunda oportunidad».

Desde el Registro de Economistas Forenses (Refor), por su parte, apuntan a que ayudaría que los administradores concursales fueran obligatorios en estos casos, así como una auditoría financiera para evitar reincidencias.