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Entrevista de trabajo

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Estos son los requisitos para trabajar y cobrar un subsidio a la vez

Podrán optar a ella aquellas personas cuyos contratos hayan iniciado el 1 de noviembre de 2024. Sin embargo, hasta el 1 de abril de 2025 no entrará en vigor y no se podrá cobrar.

Debido a la nueva reforma, elaborada entre el gobierno y en colaboración con los sindicatos, aquellos que estén trabajando también pueden beneficiarse de un subsidio: el Complemento de Apoyo al Empleo.

Esta es una ayuda económica que se une al subsidio por desempleo cuando se agota la prestación contributiva. Su finalidad principal es fomentar la reinserción laboral, Permitiendo a las personas que encuentren un empleo seguir recibiendo parte de ella con vistas a facilitar estabilizarse en el nuevo trabajo.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) publicaba en su cuenta de X que se reconocerá a las personas beneficiarias de subsidios y podrán recibirse en un periodo de 180 días. Hoy después quedará suspendido al trabajar por cuenta ajena. El SEPE añade que puede aplicarse tanto en trabajos a tiempo parcial como a tiempo completo y que, mientras se reciba la ayuda, se consumirá periodo del subsidio. Igualmente, podrán optar a ella aquellas personas cuyos contratos hayan iniciado el 1 de noviembre de 2024.

Sin embargo, hasta el 1 de abril de 2025 no entrará en vigor y no se podrá cobrar.

Requisitos para pedir el subsidio

Para poder aplicar a este complemento se deben cumplir cuatro requisitos:

  • No superar el límite de ingresos, que debe estar por debajo de los 1.350 euros mensuales, el 225% del indicador público de renta de efectos múltiples.

  • Haber encontrado un empleo.

  • Cobrar la prestación contributiva por desempleo, habiendo muy cotizado lo bastante para poder optar a ella.

También se necesitará que el paro aprobado que se esté consumiendo haya sido concedido por más de 12 meses y hayan pasado al menos 9 desde su inicio.

La cuantía económica para recibir ha aumentado según la nueva modificación establecida por el SEPE. Así se ajusta con los criterios de suficiencia económica. Actualmente, las ayudas están fijadas:

  • Durante los primeros 180 días: 570 euros

  • Desde el día 181 al día 360: 540 euros

  • Desde el día 361: 480 euros

Requisitos para que se apruebe la ayuda

Según estipula el SEPE en su web, hay que cumplir unos criterios para que se apruebe la ayuda. Existen tres supuestos en los que no se puede compatibilizar el Complemento de Apoyo al Empleo con el trabajo por cuenta ajena:

  • Cuando una empresa contrata a una persona que tenga autorizado un expediente de regulación de empleo en el momento de la firma del contrato.

  • Haber trabajado en los 12 meses anteriores a la fecha de firma de contrato de la nueva empresa.

  • No se recibirá si la persona que la pide es cónyuge, ascendiente, descendiente, pariente por consanguinidad hasta el segundo grado, o adoptado por el empresario que ocupe cargos de dirección o administración de una sociedad.
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