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Marbella es una de las ciudades preferidas por los extranjeros que se han acogido a las Golden VisaGTRES

Fin de las Golden Visa: «Un extranjero que no viene es un extranjero que no invierte»

Ya hay fecha para el fin de las Golden Visa: el próximo mes de abril. El Boletín Oficial del Estado ha publicado la ley de medidas en materia de eficiencia del servicio público de Justicia, en las que se incluye las modificaciones legales para dejar sin contenido los artículos 63, 64, 65, 66 y 67 de la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores, que son justo los que establecen las condiciones para optar a este permiso.

Las Golden Visa fueron introducidas por el Ejecutivo de Mariano Rajoy. Esta medida permitía conseguir el permiso de residencia a cambio de adquirir una vivienda de más de 500.000 euros con el objetivo de atraer grandes patrimonios a España. Además, quienes hayan conseguido una tienen otros beneficios adicionales a residir en un país europeo, como es el acceso al espacio Schengen, que permite la libre circulación dentro de la mayoría de los países europeos sin necesidad de visado.

Poner fin a las Golden Visa estaba en la mira del Gobierno desde la legislatura pasada. El exministro y ahora gobernador del Banco de España, José Luis Escrivá, reconoció en mayo de 2023 que era necesario dar «una vuelta» a este visado, y en abril de 2024, Pedro Sánchez anunció la intención de eliminarlo. Pero no fue hasta siete meses después cuando encontró la fórmula legislativa para proceder al fin de estos permisos. En concreto, se articuló mediante una enmienda introducida a puerta cerrada en el proyecto de ley de medidas en materia de eficiencia del servicio público de Justicia, que fue aprobada en ponencia sin la presencia de los diputados del PP, que suspendieron su actividad por la tragedia causada por la dana en Valencia.

Con esta medida, el Gobierno pretende garantizar que al acceso a la vivienda sea considerado como «un derecho» y no como un «mero negocio». «Este tipo de inversiones tensionan el mercado, incrementan el precio de la vivienda y, eliminándolas, vamos a amortiguar y paralizar este tipo de especulación», señaló en una rueda de prensa la ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez.

La ministra de Vivienda aseguró en su momento que la luz de alarma se encendió cuando vieron que se concedieron 2.017 visados en 2022 y 3.273 en 2023. En España, en esos años el número de compraventas ha superado las 600.000 operaciones, concretamente se cerraron 649.494 transacciones en 2022 y 640.451 en 2023.

En base a estas cifras, las Golden Visa representan entre un 0,3 y un 0,5 % de las compraventas de los años a los que se aferra el Gobierno para justificar su decisión. «Esta medida no cambia de ninguna manera el mercado inmobiliario. La gente no puede acceder a la vivienda porque no hay oferta y porque no tienen el dinero suficiente para alquilar ni comprar una. Somos pobres», asegura Enrique López Granados, fundador y presidente de Caledonian, una de las principales promotoras de vivienda de lujo en nuestro país.

«Es una medida torpe, populista y contraproducente. Que el extranjero no venga a España por la eliminación de las Golden Visa significa que no invierte, no gasta y no generamos en un sector del que viven muchos trabajadores», añade.

«Estos clientes se compran casas que van desde los 500.000 euros, pero que pueden llegar a los 5 millones, una cantidad que pocos españoles se pueden permitir pagar», apunta López, quien concluye asegurando que a estas cifras se suma un millón más que se dejan en ocio, restauración, moda o vehículos de alta gama.

Inversores en deuda pública

Estos visados no solo se concedían a inversores que compraban inmuebles de más de medio millón de euros, sino que, según consta en el artículo 63 que quedará sin efecto, también podían optar aquellos que invirtieran más de dos millones en títulos de deuda pública española o más de un millón en acciones o participaciones sociales de sociedades de capital españolas con una actividad real de negocio.

Asimismo, el visado también estaba disponible para inversores que inyectaran más de un millón de euros en fondos de inversión constituidos en España o en depósitos bancarios en entidades financieras españolas. Otra fórmula para optar al visado era crear un proyecto empresarial que se desarrollara en España y que fuera considerado y acreditado de interés general.

En lo que respecta al resto de artículos, se deja sin contenido la legislación relativa a la forma de acreditación de la inversión —artículo 64—, los efectos del visado de residencia —artículo 65—, la autorización de residencia para inversores —artículo 66— y la duración de la autorización de residencia —artículo 67—.

En la ley también se incluye una disposición transitoria para respetar el visado para aquellos inversores o familiares de inversores que lo hubieran solicitado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la ley —3 de abril de 2025—. En el caso de renovaciones de visados, estas se tramitarán y resolverán conforme a la normativa vigente en la fecha de concesión de la autorización inicial.

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