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Es esencial diseñar un plan financiero que se alinee con tus metas y grado de asunción de riesgo

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Pensiones

¿Cuál es el límite de ingresos para cobrar una pensión no contributiva en 2025?

Las pensiones no contributivas son aquellas que se reconocen a los ciudadanos que carecen de recursos suficientes para su subsistencia

En España, es posible percibir una pensión contributiva, supeditada, por lo general, a que el beneficiario haya tenido una relación jurídica previa con la Seguridad Social y cumpla con una serie de requisitos en función del tipo de pensión; o una pensión no contributiva. Estas últimas se reconocen a los ciudadanos que carecen de recursos suficientes para su subsistencia, incluso cuando no han cotizado nunca a la seguridad Social o no lo han hecho el tiempo suficiente para poder solicitar las prestaciones contributivas.

Existen dos tipos de pensiones no contributivas, de jubilación e invalidez, pero para percibirlas, es necesario cumplir con ciertos requisitos, entre los que se encuentran no superar un umbral máximo de ingresos.

Los ingresos máximos

Para las pensiones no contributivas de jubilación, los ingresos deben ser inferiores a 7.905,80 euros. Además, deben ser mayores de 65 años, residir en territorio español y haberlo hecho durante un periodo mínimo de 10 años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los dieciséis años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

En caso de que se conviva con otros familiares, las suma de las rentas o ingresos debe ser inferior a las siguientes cuantías:

  • Dos convivientes: 13.439,86 euros al año
  • Tres convivientes: 18.973,92 euros al año
  • Cuatro convivientes: 24.507,98 euros al año

En el caso de la pensión no contributiva de invalidez, es necesario tener 18 años o más y menos de 65 en la fecha de la solicitud, residir en territorio español y haberlo hecho durante un periodo de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud y estar afectado de un grado de discapacidad igual o superior al 65 %. Además, los ingresos o rentas deben ser inferiores a 7.905,80 euros al año. En caso de vivir con otras personas, las cuantías serán las siguientes:

  • Dos convivientes en caso de cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado: 13.439,86 euros al año
  • Tres convivientes en caso de cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado: 18.973,92 euros al año
  • Cuatro convivientes en caso de cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado: 24.507,98 euros al año
  • Dos convivientes si entre las personas con las que convive se encuentra algún pariente consanguíneo de primer grado (padres o hijos): 33.599,65 euros al año
  • Tres convivientes si entre las personas con las que convive se encuentra algún pariente consanguíneo de primer grado (padres o hijos): 47.434,80 euros al año
  • Cuatro convivientes si entre las personas con las que convive se encuentra algún pariente consanguíneo de primer grado (padres o hijos): 61.269,95 euros al año

El monto individual de la pensión aumenta con un complemento destinado a quienes requieren la asistencia de otra persona, siempre que se demuestre una discapacidad del 75% o más, junto con la necesidad de apoyo para llevar a cabo actividades esenciales. En 2025, este complemento asciende a 3.952,90 euros anuales.

Es importante tener en cuenta que la pensión no contributiva de jubilación es incompatible con la no contributiva de invalidez.

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