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Una pareja de ancianos camina por la calle cogida de la mano.

Entrarán en vigor diferentes medidas que afectan a la jubilación de los ciudadanosEP

Estos son los tres cambios en la jubilación que entran en vigor en abril

Según el Gobierno de España, son medidas que ofrecerán más beneficios a los trabajadores a la hora de acceder a la jubilación

A partir del 1 de abril de 2025, la Seguridad Social aplicará tres cambios importantes en la jubilación en España. De hecho, esta nueva reforma afectará a tres modalidades diferentes de jubilación, con el objetivo principal de mejorar la compatibilidad entre la pensión de jubilación y el trabajo.

Desde el Gobierno, han explicado que la reforma está destinada para «la mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo, la regulación de un nuevo procedimiento de acceso a la pensión de las actividades con elevada peligrosidad y para el mayor aprovechamiento de los recursos de las mutuas con el fin de recuperar la salud de las personas trabajadoras».

Concretamente, aunque estas medidas ofrecerán más beneficios a los trabajadores en su acceso a la jubilación, afectarán a tres modalidades: la jubilación parcial, la jubilación activa y la jubilación demorada. En el caso de la jubilación parcial, los cambios impactarán tanto en la modalidad con contrato de relevo como en la que no lo tiene.

aspectos más relevantes

  • El acceso a la jubilación parcial con contrato de relevo se podrá producir hasta tres años antes de cumplir la edad de jubilación ordinaria correspondiente.
  • Aquellas personas que anticipen más de dos años el acceso a la jubilación, podrán reducir su jornada de jubilación parcial durante el primer año entre un 20 % y un 33 %.
  • Los trabajadores fijos discontinuos podrán ser trabajadores relevistas en la modalidad de jubilación parcial.
  • La contratación del trabajador relevista deberá ser indefinida y a tiempo completo. Además, tendrá que mantenerse como mínimo durante dos años después de la extinción de la jubilación parcial del otro trabajador.

Por otro lado, desde BBVA señalan que los trabajadores que hayan alcanzado la edad ordinaria de jubilación «podrán acceder a la jubilación parcial con una reducción de jornada de entre el 25 % y el 75 % (frente al 50 % actual), sin necesidad de un contrato de relevo».

Jubilación activa y demorada

En cuanto a la jubilación activa, ya no será necesario haber completado la carrera de cotización para acceder a ella. Además, esta modalidad será compatible con los incentivos de la jubilación demorada.

Asimismo, a partir de los cinco años en jubilación activa, se podrá compatibilizar el 100 % de la pensión con una actividad laboral, aumentando progresivamente este porcentaje desde el primer año. Con un año de demora en la jubilación activa, se podrá compatibilizar hasta el 45 % de la pensión, un 55 % con dos años y un 65 % con tres años, siguiendo esta progresión.

Finalmente, también se aplicarán nuevas medidas a la jubilación demorada. A partir del segundo año de demora, bastará con haber cotizado seis meses para acceder a los incentivos económicos. Es decir, ya no será necesario completar un año entero de cotización para beneficiarse de las ventajas que ofrece la Seguridad Social.