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OCU

Ocho cosas por las que no te pueden cobrar en un restaurante sin avisarte

Comer o cenar fuera siempre es un placer pero hay veces que cuando llega la factura el precio no es el esperado. ¿Por qué pueden cobrarnos suplementos?

En algunas ocasiones cuando hemos ido a pagar la cuenta en un bar o restaurante hemos observado que el precio de la factura se ha incrementado considerablemente por cuestiones que, en principio, no sabíamos que teníamos que pagar. Hablamos de los cubiertos, el pan o el aperitivo que nos han servido sin haberlo pedido y que se transforman en suplementos abusivos.

Desde el portal de transparencia de la OCU explican una serie de gastos por los que no debemos dejarnos cobrar o, al menos, no sin haber sido advertidos. 

El cubierto

  • No es legal cobrar por el servicio o cubierto: esto debe estar incluido en el precio.

el iva

  • Aunque aparezca indicado no es legal que engorden la factura final con la aplicación de un IVA adicional. Según la legislación no está permitida la advertencia «IVA no incluido». Los precios que se muestren en la carta o lista de precios deben ser los finales y ya deben de llevar sumado el IVA.

Suplemento por covid

  • Las tareas de limpieza a las que los locales de hostelería se ven obligados por la pandemia no deberían de repercutir en la factura final. No obstante es lícito hacerlo por parte del restaurante siempre y cuando este plus esté advertido y el cliente sea conocedor de antemano. 

El aperitivo

  • Si te ponen un aperitivo sin haberlo pedido antes de consumirlo pregunta si es gratuito o de pago porque tendrían derecho a cobrártelo. 

El pan

  • Para cobrar por el pan el restaurante debe indicarlo en la carta. No obstante, presta atención a si el precio es por comensal o unidad porque la factura podrían engrosarse mucho finalmente.

El agua del grifo o los cubitos

  • Es legal que te cobren por ello si aparece en la lista de precios del restaurante. No obstante, lo normal sería que fuese gratis. Lo mismo ocurre con los cubitos del hielo para los refrescos. En la carta debería aparecer el precio del servicio con o sin hielo.

suplemento por mesa o terraza

  • Este suplemento es bien conocido en algunos bares pero lo cierto es que el mismo debe ser una cuantía fija y detallada, siendo ilegal un porcentaje en el precio final. De nuevo es preciso haber informado con antelación del importe, indicándolo en la carta y en el local.

La leche del café

  • ¿Es legal? Sí, si así lo indican y te informan antes.