Fundado en 1910

Gente Joven en la oficina

Vacaciones

¿Cuántos días de vacaciones corresponden por mes trabajado?

Con las vacaciones de verano a la vuelta de la esquina, son muchos los trabajadores que comienzan a hacerse esta pregunta

Se acercan las vacaciones de verano y son muchos los trabajadores que cuentan los días para la llegada de su merecido descanso. Sin embargo, no todos saben con certeza el tiempo que les corresponde por cada mes trabajado. Eso sí, para saber cuántas vacaciones tenemos es necesario diferenciar entre días laborales y días naturales.

Vacaciones mínimas por ley

Los días naturales son todas las jornadas, incluyendo fines de semana y festivos, mientras que los días laborales no incluyen estos días en los que no se suele trabajar.

Según recoge el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 38, el periodo de vacaciones debe ser retribuido económicamente y no puede ser sustituido por compensaciones económicas. Además, no puede tener una duración inferior a los 30 días. De este modo, el trabajador cuenta como mínimo con 30 días de vacaciones al año, lo que se traduce en 22 días laborables, resultado que se obtiene al dividir los días naturales entre 1,4.

Por todo ello, si un trabajador se rige por días naturales y coge vacaciones un lunes, estas comenzarán a computar ese mismo día y, si se las coge un viernes, el fin de semana se incluirá entre sus días naturales de vacaciones. En cambio, si el trabajador se rige por días laborables, los fin de semanas no se incluirán.

Cómo se calculan las vacaciones que corresponden

Los días que corresponden de vacaciones se calculan en función de los días trabajados:

  • En el caso de regirnos por los días naturales: 30 días naturales/12 meses del año = 2,5 días de vacaciones por mes trabajado.
  • Si nos regios por los días laborales: 22 días laborales/12 meses del año = 1,8 días de vacaciones por mes trabajador.

¿En qué caso pueden pagarse las vacaciones en vez de disfrutarse?

Las vacaciones no podrán cambiarse por una compensación económica a no ser que ocurra alguna de las siguientes casuísticas:

  • Finaliza el contrato antes de que se puedan disfrutar las vacaciones.
  • En el caso de contratos por Empresas de Trabajo Temporal (ETT) de duración inferior al año, al finalizar el contrato se suelen pagar las vacaciones si no se han disfrutado.
  • El trabajador se jubila tras un período de incapacidad laboral y no ha disfrutado de los días de vacaciones.