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Varias personas caminan bajo la lluvia en la playa de Ondarreta, en San SebastiánEuropa Press

Temporal

¿Te pueden obligar a ir a trabajar con alerta roja?

Una nueva DANA llega a la Península y la Aemet ha emitido avisos de diferente nivel de peligrosidad en las distintas zonas de nuestro país

Hace unas tres semanas una devastadora DANA arrasaba la provincia de Valencia y algunas zonas de Castilla-La Mancha y Andalucía. Sus efectos han sido catastróficos y más de 200 personas han perdido la vida. Ahora llega otro fenómeno atmosférico similar, y la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) ha asegurado que la nueva DANA podría provocar fuertes lluvias a partir de las 10 de la mañana, llegando a acumular hasta 180 l/m² en Tarragona y 120 l/m² en Málaga en las siguientes 12 horas.

Por todo ello, la Aemet ha activado el nivel rojo de alerta en estas dos provincias y ha asegurado que el peligro es extremo, y que pueden producirse desbordamientos de cauces e inundaciones.

¿Puedo no acudir a mi puesto de trabajo?

Con todo, son muchos los trabajadores que se han preguntado esta mañana si debían o no acudir a su puesto de trabajo tras este anuncio, sobre todo después de lo ocurrido en Valencia. Y lo cierto es que el pasado miércoles, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, apelaba a la «responsabilidad de todas las empresas» para que no exigieran a sus empleados acudir a su puesto de trabajo en aquellas zonas afectadas por la DANA. Además, recordó que «existe la obligación de proteger la vida de los trabajadores», la cual está recogida en el artículo 14 de la Ley de prevención del riesgo sobre el derecho a la protección frente a los riesgos laborales.

Por otro lado, el artículo 21 de la ley de Prevención de Riesgos Laborales busca garantizar el derecho a una protección eficaz en materia de seguridad en el trabajo en caso de que puedan estar expuestos a un riesgo grave e inminente. Además, podrían acogerse al derecho a negarse a trabajar en el caso de que las condiciones de trabajo sean peligrosas. Así, estos no podrían sufrir perjuicio alguno en caso de que no acudan a su lugar de trabajo o se vayan del mismo si no se dan las condiciones de seguridad adecuadas.

Cuando el empresario no adopte las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la salud de sus empleados, los representantes legales de estos podrán acordar, por mayoría de sus miembros, la paralización de la actividad de los trabajadores afectados por dicho riesgo.

Las obligaciones de los empresarios

El artículo 21 de esta ley de Prevención de Riesgos Laborales también incluye una serie de obligaciones que deben cumplir los empresarios. Entre ellas se encuentran la de informar lo antes posible a todos los trabajadores afectados por el riesgo o el posible riesgo de las medidas adaptadas o que deben adaptarse en materia de protección.

Además, deben permitir que los trabajadores puedan interrumpir su actividad y, si fuera necesario, abandonar de inmediato su lugar de trabajo.

¿La alerta roja meteorológica se considera un riesgo?

Para que la ley proteja a los trabajadores en caso de ausencia del trabajo por riesgo, estos deben presentar pruebas que avalen dicha situación. Cortes de carreteras, alertas meteorológicas o bloqueos en el transporte público constituyen causas justificadas para no acudir al trabajo.

El trabajador debe comunicar de forma inmediata su situación a la empresa, mandando documentos, fotos o reportes meteorológicos que justifiquen dicha ausencia.