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Una empleada trabaja en una oficina de la Agencia TributariaEuropa Press

Agencia Tributaria

Estas son las multas que te puede poner Hacienda si tienes una vivienda en propiedad

Si por algo recordaremos este 2022 será por la inflación y el incremento en el precio de los combustibles derivados de la guerra en Ucrania iniciada el pasado mes de febrero. Pese a ello, según explican desde el portal Noticias Trabajo, la venta de viviendas ha crecido un 20 % este 2022, con lo que se han mejorado los datos de los últimos 15 años. España cuenta así con una mayor tasa de propietarios.

Por todo ello, la Agencia Tributaria ha querido recordar que la venta de un inmueble conlleva el pago de una serie de impuestos. En el caso de que estos no se abonen, Hacienda puede aplicar severas sanciones a los beneficiarios de la compraventa de dicho inmueble.

Los tres impuestos que se pagan al comprar una vivienda

Los tres impuestos que deben tenerse en cuenta al comprar una vivienda son los siguientes:

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
  • Plusvalía municipal
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

Así, en primer lugar, la venta del inmueble debe incluirse en la declaración de la Renta, ya que debe escribirse en ella el patrimonio obtenido en la operación de compraventa.

Por otro lado, en lo que se refiere a la plusvalía municipal, esta debe abonarse una vez se proceda a la venta del piso o la casa. Tras la firma ante el notario, el vendedor tiene un plazo de 30 días hábiles para pagar este impuesto al Ayuntamiento, que depende de cada Comunidad Autónoma y de si, con la venta, se gana o se pierde dinero. En el caso de no hacer frente a este impuesto, se pueden recibir algunas de las siguientes sanciones:

  • Recargo del 5 % en el caso de que se retrase el pago tres meses
  • Recargo del 10 % si este retraso va de los 3 a los 6 meses
  • Recargo del 15 % entre los 6 meses y el año.
  • A partir del año la recarga es del 20 %, pudiendo llegar a suponer el 150 %

Y por último, en lo que respecta al Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), este debe pagarse de forma anual al Ayuntamiento del municipio en el que se encuentre la vivienda. En el caso de no abonarse, las sanciones van del 15 % al 20 % sobre el importe total.

Pero existen excepciones.

No todos los ciudadanos tienen que abonar estos impuestos con la compra de una casa. Así, las personas que vendan su vivienda habitual para la compra de otra casa, no tendrán la obligación de pagar el IRPF, aunque tendrán un plazo de hasta dos años para hacer efectiva las compra. Eso sí, todo el dinero de la venta debe ir destinado a la compra.

Por otro lado, los mayores de 65 años que vendan su vivienda cuentan con descuentos en el impuesto del IRPF y aquellos que se encuentren en situación de dependencia severa o gran dependencia estarán totalmente exentos.