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Bloque de viviendas en Oviedo.Europa Press

Nuevo impuesto a las viviendas vacías: ¿cuánto tendrás que pagar según la nueva ley?

Los ayuntamientos tendrán la opción de establecer penalizaciones económicas a los propietarios que mantengan sus inmuebles vacíos

El pasado jueves 27 de abril se aprobó con mayoría de votos en el Consejo de Ministros la nueva ley de vivienda, gracias al acuerdo que alcanzaron entre el Gobierno de coalición, Bildu y ERC. Tras ello, pasa ahora a ser tramitada en el Senado antes de que se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Esta nueva ley, trae consigo algunos cambios con respecto al proyecto inicial de 2022, incorporando novedades como la ampliación de los topes para la actualización del precio del alquiler. Además, también se ha establecido una nueva definición de lo que se considera una zona tensionada y modificado los pagos de los honorarios a la inmobiliarias.

Asimismo, esta nueva normativa contempla cambios en lo que se refiere a las viviendas vacías, ya que ofrecerá a los ayuntamientos la posibilidad de establecer penalizaciones económicas a aquellos propietarios que mantengan así sus inmuebles. El principal objetivo es fomentar su salida al mercado y pasará a convertirse en una competencia municipal.

El recargo por la vivienda vacía

De esta forma, los consistorios municipales van a poder aplicar un recargo en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de hasta el 150% en estos casos. Tal y como ha recogido el portal inmobiliario Idealista, una vivienda vacía es aquella que permanezca desocupada de manera continuada por un plazo superior a dos años, salvo en determinados casos justificados y siempre que el arrendador sea titular de cuatro o más inmuebles.

Debido a ello, los ayuntamientos podrán aplicar un recargo del 50% para las viviendas que lleven vacías dos años, siendo posible que alcance el 100% si llevan más de tres años desocupadas. De hecho, la nueva normativa contempla que este porcentaje pueda alcanzar el 150% si estas viviendas pertenecen a propietarios que tengan dos o más inmuebles residenciales en un mismo término municipal.