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La división de la cosa común es la facultad para pedir la división durante la duración del régimen de comunidadEuropa Press

Consultorio inmobiliario

Mi expareja obstaculiza la venta de un piso en común, ¿qué puedo hacer?

Víctor Ortiz y Miguel Gutiérrez, abogados y expertos inmobiliarios, aclaran las dudas de los lectores de El Debate sobre los derechos de los propietarios

El Debate ofrece un servicio de asesoramiento inmobiliario de la mano de los expertos Víctor Ortiz y Miguel Gutiérrez. Los lectores pueden enviar sus preguntas a través del formulario insertado bajo estas líneas.

Compre un piso en julio de 1999. No dispongo de planos de la finca, pero creo que un vecino de otra finca colindante ocupa parte de mi piso. La reforma de la finca se realizó en 1998. ¿Se puede reclamar la parte ocupada?

Gregorio

Lo primero que tienes que hacer es cerciorarte de que la situación es tal cual como describes. En muchas ocasiones alguien nos cuenta detalles de las lindes que no son correctos si los comparamos con los documentos oficiales. Para ello, intenta hacerte con los planos, bien a través de la promotora o del ayuntamiento.

En función de cuál sea el motivo de esa anomalía y hace cuánto ocurrió, sí habría opción de restituir el inmueble a su situación original

Si es así, y en función de cuál sea el motivo de esa anomalía y hace cuánto ocurrió, sí habría opción de restituir el inmueble a su situación original. Es un proceso largo, pero la ley está de parte de quienes han sufrido una situación como esta. De todas formas, mi primera recomendación es que busques asesoramiento de profesionales expertos en este tipo de contextos porque conocerán los cauces concretos para llevar todos los trámites y ahorrar tiempo.

Mi expareja obstaculiza la venta de un piso en común, ¿qué puedo hacer?

Gabriela

Mi recomendación es intentar llegar a un acuerdo porque lo normal es que la venta os beneficie a los dos para comenzar una nueva vida. Pero, si tras intentarlo, llegas a la conclusión de que no es posible, no te va a quedar otra que instar a una división de la cosa común, puesto que ni te pueden obligar a estar en proindiviso ni a vender la propiedad.

No te pueden obligar a estar en proindiviso ni a vender la propiedad

Esta facultad la tiene todo copropietario para pedir la división durante toda la duración del régimen de comunidad. Además, es un derecho irrenunciable e imprescriptible. Así lo asegura el artículo 400 del Código Civil que dispone que: «ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad. Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común».

Asesores inmobiliarios

Víctor Ortiz es abogado experto en Derecho de Sucesiones e Inmobiliario y perito judicial en valoraciones inmobiliarias. Comenzó su carrera profesional en el Banco Santander en Estados Unidos, donde trabajó durante dos años en banca de inversión. Regresó a España y cofundó la startup inmobiliaria Clicpiso y ahora se dedica a democratizar herencias en Heritae además de invertir en proyectos inmobiliarios.