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Originalmente, el plazo para reclamar finalizaba en enero de 2023, pero se amplióEuropa Press

Vivienda

Los propietarios con hipotecas previas a 2019 pueden reclamar este ingreso, según la OCU

Los conceptos de los gastos hipotecarios que pueden reclamarse incluyen la totalidad de los pagos por registro de la propiedad, gestoría y tasación

El hecho de reclamar los gastos de formalización de préstamos hipotecarios sigue siendo posible en la actualidad, ya que la oportunidad para poder reclamarlo se ha extendido hasta el próximo domingo, 14 de abril de 2024. De hecho, este periodo adicional está disponible para aquellos que fueron afectados por esta práctica bancaria en el pasado.

Esta decisión se fundamenta en una sentencia del Tribunal Supremo de diciembre de 2015, en la que se resolvía una demanda presentada por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). En ella, se estableció que era abusivo que los bancos impusieran a los clientes la totalidad de los gastos de formalización.

Tras varias sentencias, se estableció que «son a cargo de la entidad financiera los gastos de Registro de la propiedad, la gestoría y la tasación, así como la mitad de los gastos notariales». A su vez, a cargo del consumidor queda «la otra mitad de los gastos notariales y el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD)».

Todo este proceso de reclamación aplica a las hipotecas firmadas antes de junio de 2019. En este sentido, aunque inicialmente el plazo para reclamar finalizaba en enero de 2023, se amplió debido a la suspensión de los plazos procesales durante el estado de alarma por la pandemia de 2020.

Plazo de cinco años

La normativa ha establecido un plazo de cinco años para las reclamaciones judiciales que estén destinadas a estos casos, ―se añadieron 82 días naturales por la suspensión durante el estado de alarma―. Además, quienes hicieron frente a estos gastos que hemos mencionado, pueden buscar la devolución de los mismos hasta mediados de abril de 2024.

Esta oportunidad aplica a los afectados que estén con hipotecas contratadas antes del 16 de junio de 2019, la fecha de entrada en vigor de la nueva ley de crédito inmobiliario. A su vez, tal y como indica la OCU, «siempre que el reparto previsto se respete, no hay nada que reclamar, ya que en las hipotecas más recientes los bancos asumen los gastos de notaría y de inscripción en el registro de la propiedad».

Esta asociación privada informa de que los conceptos de los gastos hipotecarios que pueden reclamarse incluyen la totalidad de los pagos por registro de la propiedad, gestoría y tasación, además de la mitad de los gastos notariales.

Finalmente, también recuerdan que las normas son «claras» al establecer que los bancos no pueden vincular seguros a sus productos financieros, por lo que no te pueden obligar a contratar el seguro. Sin embargo, si te obligaron a contratarlo y no tenían derecho, es un abuso en el que deben compensarte.