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Declaración de la Renta 2021GTRES

Consultorio inmobiliario

¿Hay que declarar en la renta el alquiler si el inquilino no me paga?

Víctor Ortiz y Miguel Gutiérrez, abogados y expertos inmobiliarios, aclaran las dudas de los lectores de El Debate sobre los derechos de los propietarios

El Debate ofrece un servicio de asesoramiento inmobiliario de la mano de los expertos Víctor Ortiz y Miguel Gutiérrez. Los lectores pueden enviar sus preguntas a través del formulario insertado bajo estas líneas.

Vivimos en un ático. El piso de arriba es una terraza y nos gustaría poner un jacuzzi y cerrar parte. En las juntas nos avisan de que esa terraza no está preparada para soportar ese peso... ¿a qué podemos dedicar esa segunda altura del ático?

Miguel

Entiendo por la pregunta que la terraza pertenece a vuestro piso o es de uso privativo del mismo. En este caso, dada la mencionada advertencia, entiendo que la única pega que puede tener la comunidad es la resistencia del forjado, de otra manera te diría que revisaras bien los estatutos de la comunidad para ver si se menciona algo al respecto.

Es cierto que la instalación de un Jacuzzi, requiere de un forjado sólido, puesto que concentra mucho peso (sobre todo lleno) en un espacio limitado, por lo que mi recomendación es que contrates a un arquitecto para que realice un estudio de viabilidad acerca de la resistencia de la cubierta.

La instalación de un Jacuzzi, requiere de un forjado sólido, puesto que concentra mucho peso

En cuanto al uso alternativo de la cubierta, mi recomendación es que contrates a un abogado especializado y estudie tu caso concreto, ya que tendrá que revisar tanto los estatutos como las actas de la comunidad que se pronuncien la respecto.

¿Hay que declarar en la Renta 2023-2024 el alquiler si el inquilino no me paga?

Eduardo

En la mayoría de los casos, el hecho de que un inquilino no pague el alquiler no exime al propietario de la obligación de declarar el alquiler en su declaración de la renta.

La renta generada por el alquiler de una propiedad se considera un ingreso imponible y, generalmente debe ser declarada en la declaración de la renta, incluso si el inquilino no paga.

Dicho esto, en el mismo sentido, se permite que el arrendador minore la base imponible de sus ingresos en el importe de las rentas no satisfechas por el arrendatario como «saldo de dudoso cobro» cuando existan al menos seis mensualidades vencidas y no cobradas a la finalización del periodo impositivo.

Se permite que el arrendador minore la base imponible de sus ingresos en el importe de las rentas no satisfechas por el arrendatario

En este sentido, te recomendaría consultar con un asesora fiscal para obtener asesoramiento específico sobre cómo manejar fiscalmente la situación del impago del alquiler en tu declaración. Cada situación puede ser única y puede haber otras circunstancias a tener en cuenta.

Por último, te recuerdo que la renta de esta campaña que vence el 30 de junio es la del ejercicio que va desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2023.

Asesores inmobiliarios

  • Víctor Ortiz es abogado experto en Derecho de Sucesiones e Inmobiliario y perito judicial en valoraciones inmobiliarias. Comenzó su carrera profesional en el Banco Santander en Estados Unidos, donde trabajó durante dos años en banca de inversión. Regresó a España y cofundó la startup inmobiliaria Clicpiso y ahora se dedica a democratizar herencias en Heritae además de invertir en proyectos inmobiliarios.

  • Miguel Gutiérrez es abogado especializado en asesoría jurídica de sociedades y Ley de Propiedad Horizontal. Comenzó su carrera profesional en un despacho de administración de fincas en Madrid, donde trabajó durante más de dos años como administrador y asesor legal. Actualmente, se dedica a ofrecer sus servicios en Heritae.